Economía28/12/2023

Cambios en el plazo fijo UVA: serán como mínimo de 6 meses y tendrán un límite de $5 millones

El Banco Central extendió de tres a seis meses el tiempo mínimo de permanencia para los depósitos que ajustan por inflación. Los bancos habían reclamado por la baja rentabilidad de esta herramienta.

El Banco Central (BCRA) definió cambios en los plazos fijos UVA. El tiempo mínimo de permanencia será de seis meses y las entidades podrán negarse a tomar estos depósitos por montos mayores a los $5 millones.

Las modificaciones afectan particularmente a la alternativa que permite precancelar de forma anticipada a partir de los 30 días. La nueva norma se oficializó mediante la Comunicación “A” 7929 que el Directorio de la entidad aprobó este jueves y empezará a regir desde el 29 de diciembre.

Los principales cambios serán los siguientes:

El plazo mínimo de los depósitos UVA precancelables pasa de 90 a 180 días. Es decir, que el dinero se tendrá que inmovilizar por al menos seis meses.

Los bancos estarán obligados a captar este tipo de depósitos por hasta $5 millones por cliente, aunque si quieren pueden extender ese monto. Cuando el plazo fijo se constituya a nombre de dos o más personas, el tope se distribuirá proporcionalmente entre los titulares.

Los plazos fijos UVA fueron uno de los temas que los banqueros le habían planteado a las nuevas autoridades del BCRA en la reunión que tuvieron hace algunos días. Se trata de una herramienta que les genera pérdidas porque garantiza un punto de tasa real positiva -es decir, por encima de la inflación- a los ahorristas.

El primer movimiento del BCRA fue desregular la tasa mínima de precancelación. Cuando un cliente hacía un plazo fijo UVA precancelable podía rescatarlo a partir del día 30. Al hacerlo, perdía el ajuste por inflación mas un punto pero percibía una tasa fija que hasta hace algunos días tenía un piso mínimo de 122,8%.

Desde la semana pasada, en cambio, se acuerda “libremente” entre las partes, según lo establecido por la Comunicación “A” 7922. 

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