Educación Por: Ivana Chañi07/06/2023

El Gobierno oficializó el acuerdo salarial docente

Lo hizo a través del Decreto N° 345 publicado este martes en el Boletín oficial y refrendado con las firmas del Gobernador, y los Ministros de Economía, Educación y Gobierno.

El acuerdo firmado el 26 de mayo entre la Intergremial docente y el Gobierno de la Provincia ha sido oficializado y publicado en la Edición Complementaria del Boletín oficial con fecha 06/06/23.

El Decreto N° 345, cuenta con las firmas del gobernador, Gustavo Sáenz; el ministro de Economía y Servicios Públicos, Roberto Dib Ashur; el ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Matías Cánepa; y el ministro de Gobierno, Trabajo y Derechos Humanos, Ricardo Villada.

De los considerandos se expone que es “propósito de este Gobierno atender las necesidades socioeconómicas de los trabajadores, de acuerdo a las posibilidades presupuestarias y financieras de la Provincia, en un marco de equilibrio y responsabilidad fiscal”.

Además, manifiesta que “concurriendo razones de oportunidad, mérito y conveniencia se formaliza la implementación del acuerdo arribado”.

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Es por ello que en el artículo primero del presente decreto se establece: “Apruébase el Acta acuerdo Salarial para el Personal Docente, suscripta el día 26 de mayo del año 2023, entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, el Ministerio de Economía y Servicios Públicos y representantes de entidades sindicales, la que como Anexo I forman parte del presente”.

Por su parte, en el artículo segundo se determina el sueldo básico, remunerativo y bonificable, para los cargos de Escalafón Docente Provincial, conforme al Anexo II.

El bono de los $60.000 a ser pagados en dos cuotas de $30.000 cada una también está incorporada en el decreto, en artículo cuarto, dejando sobre los Ministerios de Educación y Economía la determinación de la forma y requisitos para ser percibidos.

Incrementos salariales: Al básico, movilidad y asignaciones familiares

Finalmente, el instrumento público faculta a los Ministerios antes mencionados a “dictar de manera conjunta todas aquellas normas necesarias y/o complementarias a los fines del mejor cumplimiento y operatividad” del acuerdo arribado.

Del anexo I se establece:

a)      Que el incremento acordado para el mes de mayo de 2023 será del 12% en el básico y en los c´{códigos  449,649, 690 y 698 con base al mes de diciembre 2022

b)      Que la actualización de los gastos de movilidad se incrementará en un 30% en el mes de mayo con base al mes de diciembre de 2022

c)       Que el incremento acordado para el mes de junio de 2023 será del 11% en el básico y en los códigos 449,649, 690 y 698 con base al mes de diciembre.

d)      Que el incremento acordado para el mes de julio de 2023 será del 11% en el básico y en los códigos 449,649, 690 y 698 con base al mes de diciembre.

e)      Que se otorgará  una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo y no bonificable de pesos  60.00, la que será abonada en dos cuotas de pesos 30.000 cada una, en  los meses de julio y agosto del año en curso.

f)       Que los conceptos de asignaciones familiares se incrementarán en idénticos porcentajes y periodos a los estipulados para los salarios en la presente acta con base al mes de diciembre de 2022.

g)      Que se trabajará en mesas técnicas de titularización de los Ciclos de Formación Profesional con cese, el Sistema Virtual de Formación a Distancia N° 9002, EL Polo de Reingreso 9003, La Unidad Educativa n° 5212 con la modalidad de Educación Secundaria Mediada por TICs y el Colegio Rural Mediado por TICs N° 5240, de los institutor de idiomas, las unidades educativas con inglés intensivo y los directores de los Colegios Rurales de tercera categoría.

h)      Establecer una revisión del presente acuerdo en la segunda quincena del mes de agosto.

 

 

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