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La Ley sancionada busca que quienes tengan perros u otros animales sean responsables del cuidado y eviten situaciones de peligro.
Salta22/07/2022Por Aries, la abogada y miembro del Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Salta, Carmen Céspedes Cartagena, dijo que la Ley 8.322 sancionada es una norma contravencional que establece una sanción con arresto de hasta 30 días o multa por igual tiempo, al propietario, poseedor o tenedor de cualquier animal que lo dejare deambular en la vía pública, plazas, rutas y demás lugares públicos, de modo que genere peligro.
En ese sentido aclaró que no se trata de una pena en el marco del Código Penal, si no que comprende una ampliación de la Ley 7135: “ahora se incorpora el artículo 66 que busca que los cuidadores sean responsables de los animales”. Señaló que la norma incluye también a caballos.
Describió que obliga a quienes tienen perros de una raza denominados “peligrosos” a tenerlos en su propiedad y no fuera, significando un peligro. “Es ilógico que una persona salga con el animal sin una correa, es algo a lo que las personas se han acostumbrado” cuestionó y reiteró que la importancia está en seguridad no sólo de otras personas sino también del mismo animal.
Asimismo, indicó que un animal sin dueño es responsabilidad del Municipio: “Si no le doy comida a un animal, no me convierte en el dueño del mismo” dijo sobre la idea que se tiene al cuidar a perros callejeros.
“En animal debe seguir viviendo bajo el cuidado del dueño. No podemos sacar al animal de su ambiente porque se hace un daño a su psiquis” remarcó la abogada ante las sanciones que podrían recibir quienes no cumplan la norma.
La Ley 8.322, que incluye estas penalidades en el Código de Contravenciones de la Provincia, fue promulgada a través del decreto 487/22 que fue publicado en la edición complementaria del Boletín Oficial del pasado jueves 14 y que rubricó el gobernador Gustavo Sáenz.
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