Indemnizaciones: ARCA reglamentó cómo deberán aportar las empresas al nuevo FAL

El esquema comenzará a aplicarse con los salarios de noviembre. Las MiPyMEs aportarán 2,5% y el resto de los empleadores privados, 1%.
 
Argentina01/10/2026Ivana ChañiIvana Chañi

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamentó el mecanismo de aportes al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado para contribuir al cumplimiento de indemnizaciones y otras obligaciones derivadas de la finalización de relaciones laborales.

La Resolución General 5907/2026, publicada este jueves 1 de octubre en el Boletín Oficial, establece que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y determinadas entidades sin fines de lucro deberán aportar el 2,5% de las remuneraciones tomadas como base para las contribuciones patronales. Para el resto de los empleadores privados alcanzados, la alícuota será del 1%. 

FALFAL e indemnizaciones: “El obligado al pago sigue siendo el empleador”

El sistema calculará automáticamente la contribución y el monto será detraído de las sumas correspondientes a determinadas contribuciones patronales destinadas a la seguridad social. El pago se incorporará a la declaración jurada de aportes y contribuciones mediante el formulario F.931. 

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La obligación comenzará a aplicarse sobre el período devengado noviembre de 2026 y la resolución entrará en vigencia el 1 de noviembre. El FAL alcanza a trabajadores registrados con una antigüedad mínima de 12 meses al momento de la extinción del vínculo laboral.

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