El ministro de Salud bonaerense, Nicolás Kreplak, cuestionó al Presidente luego de sus dichos y advirtió que "desconoce y falta a la verdad".
Refuerzan controles a presos de alto riesgo y prohíben el contacto físico en las visitas
La medida del Ministerio de Seguridad se oficializó este miércoles en el Boletín Oficial y busca que los internos no puedan coordinar actividades delictivas desde la cárcel.
Política05/02/2025El Ministerio de Seguridad de la Nación dispuso nuevas restricciones para las visitas a internos considerados de alto riesgo en el Servicio Penitenciario Federal. La medida, oficializada este miércoles en el Boletín Oficial, mediante la Resolución 153/2025, busca reforzar los controles ante la detección de maniobras ilegales dentro de los penales.
Según la resolución, cada preso “podrá recibir la visita de hasta dos familiares directos mayores de (16) años”. El encuentro se hará a través de un locutorio, será posible cada 15 días y tendrá una duración de una hora. La misma modalidad se aplicará para quienes tengan hijos menores de esa edad.
La nueva normativa establece que “el Servicio Penitenciario Federal (SPF) deberá requerir a la autoridad judicial a cuya disposición se encuentre detenido cada interno y al Ministerio Público Fiscal que por jurisdicción corresponda, que se informe si existe algún impedimento para autorizar las visitas de cada uno de los familiares directos solicitados por los internos incorporados en el sistema”.
El Ministerio justificó la decisión tras la detención de nueve familiares y dos abogados de internos de alto riesgo, acusados de actuar como nexo con bandas criminales. Se los investiga por delitos como asociación ilícita, amenazas, secuestro extorsivo e incendio.
El sistema de gestión de presos de alto riesgo fue implementado en 2024 como parte del Plan Bandera, un esquema de seguridad reforzada para contener la violencia narco en Santa Fe.
Desde su puesta en marcha, se han aplicado restricciones en comunicaciones telefónicas y visitas, pero los controles ahora se endurecen aún más para evitar que los internos sigan delinquiendo desde prisión.
A continuación, los detalles clave sobre las nuevas normativas:
- Visitas a familiares directos mayores de 16 años: cada interno podrá recibir hasta dos (2) visitas de familiares directos mayores de 16 años, sin contacto físico (a través de locutorio), cada 15 días, con una duración de 60 minutos.
- Visitas a hijos menores de 16 años: los internos podrán recibir la visita de hijos menores de 16 años, bajo las mismas condiciones: sin contacto físico, cada 15 días y con una duración de 60 minutos.
- Requisitos de control: Las visitas deberán cumplir con todas las medidas establecidas en el Anexo I de la resolución correspondiente.
- Autorización judicial: el Servicio Penitenciario Federal deberá consultar con la autoridad judicial y el Ministerio Público Fiscal para asegurarse de que no haya impedimentos para autorizar las visitas solicitadas por los internos.
- Revocación de visitas: si se revoca la autorización de un visitante por parte de un interno, no podrá solicitarse su reingreso como visitante en un plazo de 6 meses.
- Prohibición de visitas a personas con antecedentes: no se autorizará la visita de personas condenadas o bajo investigación por delitos.
- Restricciones a apoderados y allegados: los internos no podrán recibir visitas de apoderados ni allegados.
- Excepción para abogados defensores: las visitas de abogados defensores acreditados en los expedientes judiciales no estarán sujetas a estas restricciones.
- Intervención en casos de delitos: el Servicio Penitenciario Federal deberá denunciar cualquier delito que se detecte en el contexto de estas visitas y podrá solicitar medidas de seguridad adicionales, como el monitoreo de visitas o la prohibición temporal de visitas.
- Implementación inmediata: la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal deberá aplicar estas medidas de forma inmediata, además de las que ya se encuentran implementadas dentro del sistema.
Desde el Ministerio de Seguridad aseguran que estas acciones son razonables y proporcionadas y responden a la necesidad de proteger a la comunidad y garantizar que los presos de alto riesgo cumplan su condena sin posibilidades de seguir delinquiendo.
Con información de TN
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