Endurecen condiciones de pago para las distribuidoras
"Se priorizó al Estado y no a las empresas, ya que, desde el 2021, se estaba implementando un sistema perverso que dañaba al propio Estado", señalaron fuentes del Palacio de Hacienda a Ámbito.
Entre las novedades que trajo la media sanción del presupuesto nacional esta semana en Diputados, en el Ministerio de Economía se destaca el artículo 89 de la norma que refiere a la deuda de las distribuidoras eléctricas con CAMMESA (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico). “Se priorizó al Estado y no a las empresas, ya que, desde el 2021, se estaba implementando un sistema perverso que dañaba al propio Estado”, señalaron fuentes del Palacio de Hacienda a Ámbito.
Sostienen que durante la gestión del anterior ministro de Economía, Martín Guzmán, “se generó un mecanismo de habilitación para pagar las deudas que perjudicaba directamente al Estado Nacional”.
Mediante el sistema hasta ahora vigente, se aplica un interés sobre la deuda con las distribuidoras, pero se dan “casos reales como el de una empresa que pagaba 54% por los pasivos con CAMMESA y tenía excedente líquidos colocados al 70% en plazo fijo”, ejemplifican en el entorno del ministro Sergio Massa.
Para solucionar esta situación, la actual conducción económica realizó modificaciones en el sistema de pagos, con el objetivo de actualizar la deuda que tienen las distribuidoras con CAMMESA cada vez que se realicen modificaciones en las tarifas del servicio eléctrico. Dicho de otra forma, “las deudas de las empresas se mantendrán en función del valor de la energía” señaló una alta fuente del ministerio.
De acuerdo con estimaciones oficiales, en la actualidad la deuda de las distribuidoras con CAMMESA ronda los 530.000 millones de pesos. La mayor de los pasivos corresponde a EDENOR Y EDESUR. Recientemente los empresarios José Luis Manzano y Daniel Vila tomaron el control mayoritario de EDENOR. Pese a ser conocida la amistad que los une al ministro Massa, se verían afectados por esta medida que se inscribe en un contexto de imperiosa necesidad de racionalizar el gasto público, según señalan en medios oficiales.
Una vez que sea sancionado el proyecto de presupuesto, la conducción económica tiene previsto convocar a todas las empresa distribuidoras para informales sobre el cambio normativo, con la intención de que el sistema sea puesto en funcionamiento sobre fin de año o comienzos del próximo. En el Palacio de Hacienda no se descarta que desde el sector privado se presenten medidas cautelares objetando al nuevo régimen.
El artículo 8 dispone que el Poder Ejecutivo nacional, las provincias y los municipios, como titulares del servicio público de distribución de energía eléctrica de su respectiva jurisdicción, deberán controlar el estricto cumplimiento del pago de las transacciones por consumo de energía, potencia y sus conceptos asociados por parte de los prestadores del servicio público de distribución de energía eléctrica de cada jurisdicción, estableciéndose un periodo de 6 meses desde la entrada en vigor de la presente ley a fin de que cada jurisdicción concedente determine un mecanismo para el pago de las facturas emitidas y que en un futuro emita CAMMESA.
Regularización
Por su parte, la Secretaría de Energía establecerá una Unidad de Medida de Valor Homogénea vinculada a las transacciones por consumo que asegure el valor del crédito e implementará un plan de regularización de deudas de hasta 96 cuotas mensuales.
Dispone también que, dado el carácter de servicio público, tanto de la distribución como el transporte de la energía eléctrica, el Estado nacional y las jurisdicciones provinciales deberán publicar en un periodo no mayor a 90 días, cuadros tarifarios que permitan a los distribuidores cumplir con las obligaciones resultantes.
Asimismo, se establece un plazo no mayor a 90 días para realizar las Revisiones Tarifarias Integrales correspondientes a las empresas distribuidoras eléctricas del aérea metropolitana de Bueno Aires, iniciativa que fue impulsada por el diputado Luciano Laspina de Juntos por el Cambio.
Para el caso de las distribuidoras, administraciones o empresas provinciales distribuidora energía eléctrica, cualquiera sea su organización jurídica, que al 30 de septiembre de 2022 no tengan deuda con CAMMESA y/o con el MEM, la Secretaría de Energía establecerá mecanismos especiales de reconocimiento de crédito en los términos que establezca la reglamentación.
Con información de Ámbito
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