Judiciales07/07/2021

La Cámara de Casación decidió anular una absolución del ex juez federal de Orán Raúl Reynoso

Un Tribunal Oral de Salta lo había absuelto en una causa en la que está acusado de recibir coimas, entre otros delitos. Reynoso fue condenado en otro juicio a 13 años de cárcel por favorecer a narcotraficantes.

La Sala IV de la Cámara de Casación decidió anular una sentencia de un tribunal oral de Salta que había absuelto al ex juez federal de Orán, Raúl Juan Reynoso, por aplicación del principio de la duda. Además, el tribunal ordenó reenviar la causa al tribunal de origen para que dicte una nueva sentencia.

En marzo de 2020, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Salta, absolvió a Reynoso por los delitos de prevaricato (casos ‘Castedo’; ‘Wayar’; ‘Maurente Baya’; ‘Torres’ y ‘García Sullca’), cohecho pasivo (art. 257 CP) en concurso con falsedad material e ideológica de documento público en la causa “Castedo”, y concusión (art. 266 del CP) en la causa ‘Torres Elías’.

Ahora, la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, integrada por Mariano Borinsky, Angela Ledesma y Javier Cabajo, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el ex juez contra la absolución por duda y rechazó el recurso del Ministerio Público Fiscal contra la absolución por duda de un prosecretario administrativo del mismo juzgado.

Por mayoría, conformada por los jueces Borinsky y Carbajo, el Tribunal hizo lugar parcialmente al recurso fiscal, anuló la absolución por duda de los Reynoso y otros dos imputados y reenvió las actuaciones al tribunal de Salta para que dicte un nuevo pronunciamiento.

La decisión de la Cámara consideró que la duda afirmada en la sentencia recurrida por el Ministerio Público Fiscal resultó arbitraria, por no haberse valorado íntegramente la prueba válidamente introducida al juicio y por haberse omitido la ponderación de prueba de indiciaria en el examen del caso.

En una disidencia parcial, la jueza Ledesma hizo reserva de fundamentos ya que la celebración de un nuevo juicio por el mismo suceso -en el que fueron absueltos los imputados- implicaría transgredir la garantía de ne bis in ídem.

La Sala IV celebró la audiencia previa al dictado de la sentencia, bajo la modalidad virtual y remota, en la cual se presentaron y fueron oídas las defensas.

En marzo de 2019, Reynoso fue condenado a la pena de 13 años de prisión efectiva, por el Tribunal Oral Federal 1 de Salta, por favorecer con resoluciones judiciales a narcotraficantes.

Los jueces Federico Díaz, Carlos Jiménez Montilla y Gabriel Casas consideraron al ex magistrado “autor del delito de concusión en siete hechos, en concurso ideal con la autoría del delito de prevaricato en seis hechos”.

En su alegato, Reynoso le pidió a los jueces que, si “no hay certeza absoluta, por favor no nos condenen” y reiteró que la acusación se basó “en rumores y murmullos”, al tiempo que habló de una campaña mediática en su contra, teniendo en cuenta la importancia del periodismo como “factor de presión” para los jueces.

Cerca de 180 testigos pasaron por ese juicio, al que Reynoso llegó procesado por asociación ilícita, concusión y prevaricato por el juez federal 1 de Salta, Julio Bavio.

Según la investigación, el ex juez seleccionó para trabajar en su juzgado a varias personas con quienes tenía estrechos vínculos de amistad. Estos empleados junto a un grupo de cuatro abogados, con los que también tenía una relación de mucha confianza, seleccionaban y captaban los casos en los que podían obtener algún rédito económico. Una vez elegidas las causas, se ponían en contacto con los detenidos o sus familiares y les exigían un monto de dinero que normalmente oscilaba en alrededor de $ 500.000 a cambio de dejarlos en libertad.

Esta modalidad implicaba más de una vez “deslizar” algún error en los fallos que -en caso de ser advertido- el juez se lo atribuía a la “descomunal carga de trabajo”. De acuerdo con lo indicado en la causa esta pantalla defensiva fue utilizada por Reynoso en forma sistemática.

Fuente: Infobae

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