Desactivan el congelamiento de precios de combustibles para el mercado mayorista
Lo hizo nuevamente a través de un DNU. Sin embrago, las operaciones que tengan como destino final el abastecimiento de combustibles por pico de surtidor en Estaciones de Servicio no podrá ser superior al precio vigente al día 9 de agosto de 2019.
Tal como se preveía, el Gobierno dispuso liberar el precio de los combustibles del canal mayorista. Lo hizo a través de un nuevo Decreto – el 601/2019 – por el cual también actualiza el valor del crudo en 59 dólares el barril.
La medida excluye a la ventas a las Estaciones de Servicio, por lo cual, aquellas que operan sin banderas deberán seguir recibiendo naftas y gasoil al precio vigente al día 9 de agosto de 2019.
“Establécese que hasta el 13 de noviembre de 2019 el precio tope de naftas y gasoil en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras y/o los expendedores mayoristas y/o minoristas, que tengan como destino final el abastecimiento de combustibles por pico de surtidor en bocas de expendio (no podrá ser superior al precio vigente al día 9 de agosto de 2019”, dispone en su Artículo 2º.
TAMPOCO SE ACTUALIZARÁN LOS IMPUESTOS
En sintonía, también se postergó nuevamente el incremento de los impuestos a los combustibles. Así lo ordena el Decreto 607/2019: “Para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de septiembre de 2019 y hasta el 30 de noviembre de 2019, ambas fechas inclusive, deberán mantenerse los montos del impuesto que correspondan al 31 de agosto de 2019. Para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de diciembre de 2019, deberá considerarse el incremento total en los montos del impuesto”.
SANCIONES POR DESABASTECIMIENTO
La desactualización de los precios de los combustibles tras la devaluación del peso y la posterior decisión del Gobierno de prohibir aumentos en los surtidores por 90 días, derivaron en la imposición de cupos de suministro por parte de las petroleras a las Estaciones de Servicio.
Para hacer frente a esta determinación y con el fin de evitar situaciones de escasez, el Decreto 566/19 dispuso que los proveedores habituales deberán entregar a las bocas de expendio el mismo volumen que el mes anterior o el correspondiente al mismo mes del año 2018, el que fuere mayor.
“Hasta el momento el abastecimiento es normal, estamos realizando un monitoreo permanente en conjunto con la CECHA”, expresaron fuentes de la Secretaría de Energía a surtidores.com.ar. La entidad empresaria está relevando desde hace unos días el cumplimiento de las entregas a través de encuestas a sus asociados de manera de alertar la Nación ante eventuales faltantes.
El informe presentado recientemente a la dependencia conducida por Gustavo Lopetegui, afirma que en general no se registran mayores inconvenientes en las redes abanderadas, no así en el canal mayorista para lo cual solicitaron “mayor intensidad y celeritud” para resolver dificultades de provisión.
“Si hubiera algún incumplimiento, el Estado tiene las herramientas previstas en el marco regulatorio para aplicar las sanciones correspondientes y garantizar el normal funcionamiento del sector«, advirtieron al respecto desde la Secretaría de Energía.
Fuente: Surtidores
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