Dólares del colchón: podrán ingresar hasta $100 millones con menos controles
La Unidad de Información Financiera (UIF) aprobó un nuevo régimen que flexibiliza los controles documentales para determinadas operaciones de ingreso de fondos y activos al sistema financiero.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 144/2026, publicada este martes 3 de noviembre en el Boletín Oficial.
Quiénes podrán acceder al régimen
La normativa está dirigida a personas humanas y sucesiones indivisas adheridas al Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias.
Para acceder al tratamiento especial, las entidades deberán comprobar que el contribuyente se encuentra correctamente inscripto y que la operación cumple las condiciones establecidas.
Quedan excluidos determinados funcionarios públicos, grandes contribuyentes nacionales y personas u operaciones que presenten riesgos incompatibles con el sistema simplificado.
Qué controles se flexibilizan
La resolución establece que, cuando se cumplan los requisitos, las entidades financieras y otros sujetos obligados no deberán exigir documentación adicional para acreditar el origen de los fondos, ingresos o patrimonio.
Tampoco será obligatorio solicitar respaldos de la actividad económica ni verificar la relación entre determinadas operaciones y la capacidad de ahorro del cliente.
Sin embargo, la flexibilización no significa que desaparezcan los controles contra el lavado de activos.
Las instituciones deberán continuar verificando la identidad de los clientes, su situación ante ARCA y la existencia de operaciones sospechosas.
Qué busca el Gobierno
La UIF fundamentó la decisión en la necesidad de facilitar la incorporación al sistema financiero de ahorros que permanecen fuera de los circuitos formales.
El organismo sostiene que las exigencias deben ajustarse al riesgo de cada operación, sin eliminar las obligaciones legales de prevención de delitos financieros.