El Gobierno amplió el beneficio para importar autos eléctricos sin arancel
El Gobierno nacional modificó el régimen que permite importar vehículos eléctricos e híbridos con una alícuota del 0% en concepto de Derecho de Importación Extrazona y elevó los valores máximos que pueden tener las unidades alcanzadas por el beneficio.
La decisión fue formalizada mediante el Decreto 1128/2026, publicado este miércoles 30 de septiembre en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Economía Luis Caputo.
Hasta ahora, el régimen creado por el Decreto 49/2025 establecía un único límite de US$16.000 FOB por unidad para los vehículos comprendidos dentro del beneficio.
Con la modificación, el Gobierno reemplazó ese esquema por nuevos valores máximos según la tecnología de motorización. En el caso de los vehículos eléctricos puros, el límite asciende hasta US$35.000 FOB, mientras que para distintas categorías de híbridos e híbridos enchufables se fijaron topes de hasta US$18.000 FOB.
La medida mantiene en 0% el Derecho de Importación Extrazona para las unidades que cumplan las condiciones establecidas en el régimen. Fuera de ese beneficio, estos vehículos pueden quedar alcanzados por el arancel general correspondiente a importaciones provenientes de países extrazona.
Según argumentó el Ejecutivo en los considerandos del decreto, la modificación responde al crecimiento de la demanda y a la aparición de modelos con mejores prestaciones de autonomía, eficiencia y seguridad.
El Gobierno sostuvo además que la actualización busca “profundizar el abastecimiento competitivo del mercado interno” y permitir a los consumidores acceder a una mayor variedad de tecnologías de movilidad sustentable.
El régimen había sido creado en enero de 2025 y posteriormente modificado durante 2026 para precisar las categorías alcanzadas, establecer mecanismos de utilización de cupos y adaptar las condiciones a la evolución tecnológica del sector automotor.
Los vehículos comprendidos incluyen eléctricos puros, híbridos, híbridos enchufables y unidades con otras tecnologías alternativas a los motores convencionales de combustión interna.
La modificación comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Con los nuevos límites, podrán incorporarse al esquema de arancel cero modelos que hasta ahora quedaban excluidos por superar el techo de US$16.000 FOB, especialmente dentro del segmento de vehículos eléctricos de mayores prestaciones.