Achique del Estado: los años como contratados no contarán para una eventual indemnización
El Gobierno nacional ratificó que los años trabajados como personal contratado no serán computados para determinar la antigüedad utilizada en una eventual indemnización de empleados públicos afectados por reestructuraciones del Estado.
El criterio quedó expuesto en los decretos 731/2026 y 732/2026, publicados este viernes 14 de agosto en el Boletín Oficial, mediante los cuales el presidente Javier Milei rechazó los recursos presentados por dos trabajadores del Ministerio de Capital Humano que habían sido puestos en situación de disponibilidad.
Sólo cuentan los años en planta permanente
La normativa establece que la antigüedad computable comprende exclusivamente los servicios prestados como personal permanente de la Administración Pública Nacional.
Los períodos anteriores bajo otras modalidades de contratación quedan fuera de ese cálculo, aun cuando los trabajadores hayan prestado servicios durante esos años dentro del Estado.
Qué pasa después del período de disponibilidad
Los empleados afectados por la eliminación de áreas o reducción de estructuras pueden quedar en disponibilidad por un período determinado.
Si al finalizar ese plazo no formalizan una nueva relación laboral dentro de la Administración Pública, quedan desvinculados y acceden a una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicios computable o fracción superior a tres meses.
Uno de los casos corresponde a Silvina Herrera, quien trabajaba en una unidad vinculada a emergencias sociales que fue eliminada durante la reestructuración de Capital Humano. La empleada cuestionó la decisión y sostuvo que las funciones habían sido absorbidas por otras áreas, pero el Ejecutivo rechazó el planteo.
El segundo caso involucra a Pablo Fernando Aliano, afectado por cambios en estructuras de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia. Ambos recursos fueron rechazados y quedó agotada la instancia administrativa, aunque podrán recurrir a la Justicia.