Salta Por: Agustina Tolaba07/05/2026

El IPS prohibió el cobro de consultas médicas realizadas a familiares a cargo

Desde la obra social argumentaron que este tipo de atenciones forman parte de los deberes de asistencia familiar y cuidado personal.

El Instituto Provincial de Salud oficializó una nueva resolución mediante la cual dejará sin cobertura las consultas y prestaciones médicas que los profesionales de la salud se realicen a sí mismos o a integrantes de su grupo familiar a cargo.

La medida fue establecida a través de la Resolución Nº 0035-D/2026, publicada en el Boletín Oficial de Salta, y alcanza a todos los prestadores registrados ante la obra social provincial.

Según detalla la normativa, no tendrán cobertura las consultas o atenciones brindadas por profesionales a sus hijos a cargo, cónyuge, conviviente registrado u otros familiares bajo su responsabilidad, así como tampoco las prácticas que los prestadores realicen sobre sí mismos.

Desde el IPS argumentaron que diversos estudios sostienen que la objetividad emocional y clínica de los profesionales puede verse comprometida al atenderse a sí mismos o a personas cercanas, lo que podría afectar la calidad del tratamiento.

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Además, la resolución considera que este tipo de atenciones forman parte de los “deberes de asistencia familiar y cuidados personales”, por lo que no corresponde que exista una contraprestación económica por parte de la obra social.

En ese sentido, el organismo señaló que las medidas adoptadas por un profesional respecto de su propia salud “no pueden ser consideradas prestaciones de salud”, sino conductas de autocuidado.

La disposición también establece que cualquier facturación presentada al cobro por este tipo de prácticas no será abonada por la obra social provincial.

Asimismo, advierte que quienes facturen prestaciones alcanzadas por la resolución podrán ser sancionados conforme a la Ley 7.127, el Decreto 3402/07 y el Régimen Disciplinario de Prestadores vigente.

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