Argentina26/08/2025

Crearon un nuevo sistema digital que centraliza los pagos de trámites automotores

La medida fue oficializada con la publicación de la Resolución 572/2025 en el Boletín Oficial. Permitirá abonar aranceles, impuestos y multas en una misma plataforma.

El Ministerio de Justicia dispuso la creación de la Ventanilla Única de Pago Registral Automotor (VUPRA), un sistema digital que centralizará el pago de aranceles, impuestos, tasas y multas vinculadas a trámites registrales de automotores en todo el país.

La medida fue formalizada este martes mediante la publicación de la Resolución 572/2025 en el Boletín Oficial, y establece que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios será la autoridad de aplicación y responsable de la implementación del nuevo sistema, que entrará en funcionamiento el 1 de noviembre de 2025.

La decisión afecta a todas las personas físicas y jurídicas que realicen trámites de inscripción, radicación o transferencia de dominio de automotores en la Argentina.

El objetivo principal de la VUPRA es simplificar y digitalizar el proceso de pago de los conceptos asociados a estos trámites, que hasta ahora requerían gestiones en distintas plataformas y organismos, tanto nacionales como locales.

El nuevo sistema surge en el marco de la emergencia pública declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N.º 70/2023, que habilitó reformas para la modernización y digitalización de la administración pública.

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De esta manera, en el considerando de la norma, destacaron que la VUPRA “tiene por objeto optimizar los servicios, simplificar los procedimientos y mejorar la calidad de atención al ciudadano mediante el uso intensivo de tecnologías de la información y la comunicación”. Además, se remarca que la simplificación de los trámites “beneficia directamente a las personas usuarias, fomenta la eficiencia económica y promueve una gestión pública transparente, accesible, ágil, eficiente y de calidad en la atención del bien común”.

La implementación de la VUPRA no implica la delegación ni transferencia de facultades tributarias a los administradores u operadores del sistema. La resolución aclara que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios “debe circunscribirse exclusivamente al cumplimiento de sus funciones registrales en el marco del Régimen Jurídico del Automotor y su normativa complementaria”. En este sentido, la autoridad de aplicación podrá dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la correcta implementación del sistema.

En este contexto, se invita a las provincias, municipios y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir al régimen de la VUPRA, lo que permitirá la gestión integrada de los pagos por radicación y transferencia de dominio de automotores y por multas de tránsito. La adhesión de cada jurisdicción local será necesaria para que la VUPRA pueda gestionar el cobro de impuestos, tasas y multas de carácter local. El texto oficial establece que “el costo por la implementación y mantenimiento del servicio a ser definido por la Autoridad de Aplicación debe ser uniforme para todas las jurisdicciones adheridas”.

Uno de los puntos destacados de la resolución es que la falta de pago de algún impuesto o multa de tránsito no impedirá la prosecución del trámite registral, en línea con el tercer párrafo del artículo 9° del Régimen Jurídico del Automotor.

Para la implementación de este sistema, el Gobierno tuvo que derogar las resoluciones previas que regulaban el cobro presencial y en efectivo de aranceles en los Registros Seccionales, en particular la Resolución N° 2047/1986 y sus modificatorias. El artículo 7° de la nueva resolución establece: “Deróganse las Resoluciones Nros. 2047 del 5 de febrero de 1986 del ex MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y JUSTICIA, 629 del 26 de diciembre de 1994 y 33 del 24 de enero de 1995, ambas del MINISTERIO DE JUSTICIA, sin perjuicio de su aplicación por ultraactividad hasta la efectiva implementación de la VUPRA”.

Además, finaron en 45 días corridos desde la publicación en el Boletín Oficial como el plazo máximo que tiene la autoridad de aplicación para poner en marcha la iniciativa y realizar todas las adecuaciones de la resolución para realizar las adecuaciones técnico-registrales.

Con información de Infobae

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