Judiciales15/08/2025

La Justicia rechazó el pedido de Cristina Kirchner para frenar la ejecución de sus bienes

El Tribunal Oral Federal 2 confirmó la medida tras la condena por la causa Vialidad y habilitó la revisión del índice aplicado para actualizar el monto a devolver.

El Tribunal Oral Federal 2 rechazó este jueves el pedido presentado por Cristina Kirchner para evitar la ejecución de sus bienes, ordenada tras la condena por la causa Vialidad.

También le concedieron el recurso de Casación para que dicho tribunal resuelva si es correcto el índice que se usó para actualizar el monto a devolver, que fue cuestionado por la defensa de la expresidenta.

Para los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, “la arbitrariedad que se denuncia resulta ser, al final de cuentas, una discrepancia con la decisión del tribunal de cumplir con lo anunciado desde el dictado de la sentencia: intimar a las partes a abonar, en concepto de decomiso, la suma determinada en la sentencia definitiva, actualizada por un organismo técnico -el Cuerpo de Peritos Contadores de la CSJN-”.

“Ninguna de las cuestiones introducidas en el escrito bajo análisis logra la tacha de arbitrariedad que nulificaría lo decidido, más allá de exhibir el desacuerdo de esa parte con una tesitura adoptada por esta judicatura en contra de sus intereses”, agregaron los magistrados al respecto.

En cuanto al agravio basado en una supuesta doble vara al momento de calcular el monto, profundizaron los jueces, “la conclusión es obvia: que se haya calificado un método como “razonable” no implica, en modo alguno, que se lo considere ideal como criterio a aplicar, sino, sencillamente, que para resolver una cuestión puntual” y que “servía a los fines de dar respuesta a una necesidad concreta de actualización de ciertos conceptos”.

“Amén de las referencias al análisis desarrollado en la sentencia de fondo para determinar la suma monetaria a decomisar, estratégicamente empleadas para ampliar el cuestionamiento a consideraciones que fueron harto revisadas en diversas instancias, lo cierto es que ese pronunciamiento resulta a esta altura inconmovible por haberse agotado las vía recursivas", se lee en la sentencia, a la que tuvo acceso TN.

Por último, los miembros del tribunal fueron tajantes: “forzar una supuesta excepción dirigida específicamente a una persona -en este caso, Cristina Elisabet Fernández de Kirchner-, es hacer decir a los fallos algo más -y distinto- de lo que dicen”.

El recurso presentado por Cristina Kirchner

En su presentación, la expresidenta volvió a cuestionar el método utilizado por el cuerpo de peritos de la Corte Suprema para calcular el monto a devolver.

Cristina Kirchner había argumentado que dicha cifra “se tomó como definitiva sin debate previo, afectando el derecho de defensa y el principio de juez natural”. Y amplió: “No tengo bienes que sirvan a esos fines y que, consecuentemente, puedan ser ejecutados, tal como se desprende de la intimación que aquí respondo”.

En ese marco, reiteró: “No tuve ni tengo en mi patrimonio cosas que hayan servido para cometer el hecho enjuiciado en autos, ni tampoco bienes o ganancias que resulten el producto o el provecho del referido episodio, y por ende, sean decomisables”.

En el escrito presentado, la defensa centró su argumento en que los peritos utilizaron el método sin justificar por qué eligieron calcular con el índice de precios al consumidor del INDEC y no, por caso, con tasas bancarias. La suma se torna “técnicamente inadecuada, genera valores artificialmente altos y es contraria a precedentes”, aseveró Beraldi en su escrito.

También recordó que la Justicia utilizó la tasa pasiva del BNA en los expedientes ligados a Vialidad, como Hotesur-Los Sauces. “En este caso, arrojaría cifras 100 veces menores”, por lo que, según su óptica, no existen motivos para apartarse de dicho cálculo. Es por eso, añade el documento, que debe suspenderse la medida “hasta que haya sentencia firme sobre el monto”.

Todo lo expuesto representa un trato “desigual y arbitrario”, aseguró CFK. Además, adelantó que -de considerarlo necesario- recurrirá a la Corte Suprema y a “organismos internacionales competentes en materia de derechos humanos” para revertir la medida.

Con información de TN

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