Judiciales01/03/2025

Su hijo fue asesinado y el gobierno de Córdoba deberá pagar una suma millonaria

El agresor de Joaquín Sperani, de 14 años. fue declarado no punible por la Justicia y obligado a mudarse e iniciar un tratamiento psicológico prolongado.

A un año y ocho meses del crimen de Joaquín Sperani, el adolescente de 14 años que fue asesinado por un compañero de colegio en Laboulaye, Córdoba, y luego de que el agresor fuera declarado “no punible” y devuelto a sus padres; la familia de la víctima le ganó una demanda millonaria al Estado provincial.

“La Justicia tomó decisiones que no son correctas. “Nunca existieron los derechos para Joaquín. Mató y salió como si nada”, había alertado Mariela Flores, la mamá de la víctima, tras enterarse del fallo que puso en libertad al asesino de su hijo y lo mandara a hacer un tratamiento multimodal psicoterapéutico de tiempo prolongado.

“Ellos entienden que tiene que ser reinsertado en la sociedad, pero estamos hablando de un asesino, no de un chico común. Fue premeditado y preparó la escena del crimen”, enfatizó la mujer ante la prensa. “Mi hijo no se murió por una enfermedad, este hijo de puta me lo mató”, agregó.

Esa bronca e impotencia la llevó, en octubre de 2024, a presentar una demanda civil contra el gobierno provincial “por daños y perjuicios como ente rector, a través del Ministerio de Educación”, de la escuela IPEM 278 Malvinas Argentinas, el colegio al que ambos chicos asistían antes de la tragedia.

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La decisión se produjo después de que se conociera que la causa estaba a punto de archivarse debido a que no se pudo determinar que haya habido una tercera persona que participe del hecho. Solo se pudo comprobar que, en medio de una discusión, el menor tomó un fierro y le pegó en cabeza.

“Es un psicópata basura”, aseguró Flores ante la prensa sobre el asesino de su hijo, quien era “un amigo de toda la vida” y hasta el día de hoy no comprende “qué se le cruzó por la cabeza”​ para actuar de esa manera.

El crimen tuvo lugar el 29 de junio de 2023, cuando Joaquín salió de su casa en bicicleta para dirigirse al colegio IPEM N° 278 Malvinas Argentinas, donde cursaba el tercer año del secundario en el turno tarde. Ese día, el horario de ingreso de su curso se había modificado debido a la ausencia de una docente, por lo que los estudiantes debían presentarse a las 14:50 horas en lugar del horario habitual de las 13:20.

Según la reconstrucción del caso basada en testimonios, cámaras de seguridad y la investigación penal, su compañero lo estaba esperando fuera de la escuela con un plan premeditado: esa misma mañana había ido a una casa abandonada cercana y escondido allí un caño metálico, que más tarde utilizaría como arma homicida.

El menor convenció a Joaquín de dar una vuelta antes de ingresar al colegio y lo llevó a una vivienda en ruinas. Una vez dentro, lo golpeó salvajemente. La autopsia determinó que la víctima murió a causa de un traumatismo de cráneo severo.

Los fundamentos de la demanda

Los demandantes argumentaron que el crimen de su hijo no fue un hecho aislado, sino el resultado de una cadena de negligencias por parte del colegio IPEM N° 278 Malvinas Argentinas, sus directivos y docentes, quienes no ejercieron su deber de vigilancia y cuidado de los alumnos.

Entre las irregularidades mencionaron la falta de control en la entrada y salida de los alumnos, y pusieron como ejemplo el accionar del homicida. “Ingresó al colegio, dejó su mochila y salió sin autorización, sin que ninguna autoridad lo detuviera”, denunció el abogado querellante Raúl Francia.

Además, se hace hincapié en la ausencia de supervisión docente, ya que la profesora de Tecnología, materia a la que debían asistir los menores a las 14:50, llegó tarde al colegio (registró su ingreso a las 15:01).

También se mencionaron deficiencias en el registro de asistencia. Entienden que no se tomó la asistencia correctamente, lo que permitió que los alumnos estuvieran fuera del aula sin que nadie lo notara.

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A estos se sumó, según lo planteado por la querella, el desinterés de las autoridades educativas. “La directora del colegio no colaboró con la familia en la búsqueda y minimizó el hecho ante los medios de comunicación”, recordaron.

Por último, dijeron que la búsqueda policial fue ineficiente, debido a que fue un vecino quien encontró el cuerpo del menor cuatro días después, en la casa abandonada, a unos 100 metros de la escuela.

El fallo judicial: la condena al Estado

El 6 de febrero de 2025, el Tribunal de Laboulaye dictó sentencia en el caso, concluyendo que el Gobierno de la Provincia de Córdoba es responsable civilmente por la muerte de Joaquín debido a la negligencia de las autoridades educativas del colegio IPEM N° 278 Malvinas Argentinas.

En el fallo al que tuvo acceso a Infobae, el juez Ignacio Andrés Sabaini Zapata​ determinó que el colegio tenía la obligación de garantizar la seguridad de los estudiantes mientras estuvieran bajo su supervisión y que falló en su deber de control y vigilancia, permitiendo que el agresor saliera sin autorización y que Joaquín nunca ingresara al aula sin que nadie lo advirtiera.

Entre los puntos clave de la sentencia se destacan el crimen ocurrió en horario escolar, cuando ambos alumnos debían estar en clase, que el colegio no registró correctamente la asistencia y permitió la salida de un alumno sin autorización, y que el Estado provincial es responsable por la falta de seguridad en la escuela

En este contexto, el juez Zapata ordenó que la Provincia de Córdoba pague a la familia de la víctima la suma de 595.170.467,18 pesos, más intereses y costas del juicio.

En paralelo, el tribunal eximió de responsabilidad a los padres del asesino, determinando que el menor ya estaba bajo la custodia del colegio al momento del crimen, por lo que su vigilancia correspondía a la institución educativa y no a sus progenitores.

El gobierno de Córdoba, por su parte, apeló el fallo: argumentó que el crimen ocurrió fuera del establecimiento y que no podían prever ni evitar el homicidio. Sin embargo, la Justicia determinó que el crimen fue posible debido a las fallas en el control del colegio, por lo que el Estado debe responder por el daño causado.

Con información de Infobae
 
 
 

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