Desde hoy, alcoholizados al volante pagarán por su atención en hospitales
La Ley N°8477 dictamina el cobro o recupero de las prestaciones de salud, medicamentos y prótesis a conductores ebrios. En caso de no poder realizar el pago, se cancelará la deuda mediante servicios comunitarios.
Por medio de la Ley N°8477, publicada en el Boletín Oficial de este lunes, el gobernador de Salta, Gustavo Sáenz, facultó al Ministerio de Salud Pública realizar el cobro o recupero de las prestaciones de salud, medicamentos y prótesis empleadas en beneficio de las personas que, conduciendo bajo los efectos de alcohol y/o estupefacientes, ocasionen accidentes de tránsito.
Asimismo, la ley resuelve que quienes demuestren estado de insolvencia deberán cancelar la obligación mediante servicios comunitarios. Ante la falta de pago y transcurridos 60 días desde la facturación del arancel, la Autoridad de Aplicación emitirá un certificado de deuda.
Cabe recordar que, el pasado de 12 de diciembre, en sesión ordinaria, el Senado de la Provincia dio sanción definitiva al proyecto y, al respecto, la senadora representante de Anta, Alejandra Navarro, resaltó que a pesar de la que Provincia cuenta con una ley de tolerancia cero al volante, los fines de semana son cuantiosos los siniestros viales que se producen.
“Tenemos gran cantidad de accidentes, fundamentalmente, producidos por conductores que manejan bajo la influencia de alcohol o sustancias”, cerró Navarro.
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