Entrega y sumisión
El león ya despierto continúa con la acechanza en contra del país y del pueblo. Las amenazas se concretan y la pléyade de entregadores se regodea con el éxito inmediato del que gozan: un DNU, un operativo policial anti protesta y un proyecto de ley,
El DNU 70/2023 es un compendio de 83 páginas en las que se anulan, modifican y crean nuevas normas en 366 artículos, sobre normas jurídicas preexistentes que se elaboraron en decenas de años en nuestro país. En primer lugar, sobre ello debo decir que la firma de ese DNU por parte del Presidente está en último lugar después de las firmas de los ministros, es decir que los ministros no refrendaron el DNU que el art. 99 inc.3ro. establece como requisito de validez, ab inicio una nulidad insalvable.
Las circunstancias para el dictado de un decreto de necesidad y urgencia deben ser excepcionales, que imposibilitaran seguir con el trámite ordinario para la formación de las leyes. No hay ninguna imposibilidad legal de mandar al Congreso Nacional ese cúmulo de modificaciones, porque además se carece de razones de necesidad y urgencia que lo justifique. Todas las normas invocadas en el DNU han sido discutidas en el Congreso y estas normas también debieran serlo por tratarse de un cambio del paradigma recorrido por más de dos siglos de nuestras instituciones y de la plataforma jurídica que hace al estilo de vida nacional.
El Presidente tiene la facultad de mandar proyectos de ley iguales a lo que hizo pero de ninguna manera puede usar un elemento excepcional, restringido y justificado como el DNU, dado que el 100% de lo legislado no participa de esos requisitos y condiciones que prescribe la Constitución Nacional.
El sistema republicano tiene al Poder Legislativo como el encargado de legislar sobre todas las normas nacionales y so pretexto de un DNU abusivo el Presidente se convierte en un Pretor que subsume en su persona la calidad de Presidente y Poder Legislativo. La Comisión Bicameral Permanente del Congreso no debería admitir el DNU por avasallar la facultad constitucional. Y si ello no ocurre serán las cámaras legislativas las encargadas de revisar concienzudamente los 366 artículos con la mayor rapidez posible pues el tiempo corre a favor del Presidente ya que a medida que se aplican en los hechos los distintos artículos del decreto adquieren esos actos jurídicos validez aunque luego el Congreso rechace los artículos.
Funcionó adecuadamente el operativo anti protesta, con un despliegue inusitado de fuerzas policiales y de seguridad y con duras represalias económicas para los potenciales manifestantes. No se podrá gobernar con el terror y la fuerza permanentemente. En este sentido el emperador Napoleón Bonaparte dijo que “las bayonetas sirven para muchas cosas menos para sentase en ellas”
Aún sin participar del sentido de los proyectos de leyes que mandó el Presidente al Congreso sobre la Reforma del Estado, la restitución del impuesto a las ganancias a trabajadores y la modificación electoral, defiendo el derecho que tiene el Presidente a solicitar al Congreso su aprobación, Es innegable su derecho.
Pese a todo, deseo que el Congreso Nacional se convierta en el baluarte para que la entrega de la Nación y la sumisión del pueblo argentino no se consolide.
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