Salta16/03/2020

¿Qué dice el Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por Sáenz y sus ministros?

Se publicó en el Boletín Oficial el DNU del Gobierno Provincial. Se detallan las actividades en el territorio por los próximos seis meses.

El Boletín Oficial de este lunes publicó un solo decreto de necesidad y urgencia en acuerdo general de ministros, en el marco de los riesgos que implica la pandemia del coronavirus para la salud pública.

El documento refrendado por todos los miembros del Gabinete Provincial, declara el estado de emergencia sanitaria en el territorio salteño por seis meses y pudiéndose prorrogar por otro medio año más.

Se crea, además, un Comité Operativo de Emergencia presidido por la ministra de Salud para atender la problemática vinculada a la prevención, asistencia y control del estado de emergencia declarado.

Se instruye al Ministerio de Salud a adecuar los protocolos de prevención de propagación del virus “con especial atención a la situación de los adultos mayores y grupos vulnerables”. Dicha cartera deberá difundir toda noticia destinada a informar a la comunidad.

A través del Decreto 250/20 se suspende por 30 días todos los eventos culturales, artísticos, recreativos, religiosos, deportivo y social de participación masiva.

El Comité Operativo de Emergencia está autorizado a tomar medidas y controlar la implementación del cierre temporario de establecimientos educativos, de museos, teatros y otras actividades vinculadas al turismo; disponer que el sector privado deberá implementar sistemas de teletrabajo para sus empleados; y la difusión de concientización.

La Secretaría de RRHH puede otorgar permisos de ausencia extraordinaria a los trabajadores de la Administración Pública, Centralizada o Descentralizada y autárquicos que considere el Comité Operativo según el protocolo. Se deberá implementar un sistema rotativo para asegurar el funcionamiento ininterrumpido del servicio.

Se instruye además al Ministerio de Educación a garantizar la asistencia alimentaria de los alumnos.

La Secretaría de Defensa del Consumidor deberá controlar los precios y el abastecimiento de bienes relacionados a la emergencia sanitaria.

Los Ministerios de Salud, Gobierno y Seguridad deberán colaborar con los organismos nacionales y municipales para evitar el ingreso y egreso de personas al país que contribuyan a la difusión del virus.

Toda información de interés público relacionada a la emergencia y las denuncias deberán ser canalizadas a través del 911.

Las personas con síntomas del COVID-19 deberán reportar de inmediato la situación a prestadores de salud. Toda persona tiene la obligación de denunciar la posible comisión de delitos contra la salud pública. Si se tratare de un funcionario público quien incumpliera, la pena se agravará.

El Poder Ejecutivo podrá disponer las reestructuraciones de partidas presupuestarias según considere sean necesarias.

El DNU debe ser remitido a la Legislatura y para ello se convoca a sesiones extraordinarias en un plazo de cinco días.

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