Nuevas reglas para los lácteos: qué significa la leyenda “Sin flora activa”
El Gobierno nacional modificó el Código Alimentario Argentino para establecer nuevas exigencias de rotulado en determinados productos lácteos elaborados a partir de leches fermentadas.
La decisión fue oficializada mediante la Resolución Conjunta 3/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Qué deberán informar las etiquetas
La normativa alcanza a productos obtenidos de leches fermentadas que, después de completar ese proceso, reciben un tratamiento térmico que elimina la viabilidad de los microorganismos específicos utilizados en su elaboración.
En estos casos, los envases deberán incluir la leyenda “Tratado térmicamente después de la fermentación”.
También tendrán que incorporar una segunda aclaración: “Sin flora activa” o “Sin microorganismos específicos viables”.
La información deberá aparecer con caracteres de igual tamaño, realce y visibilidad que los establecidos para la denominación correspondiente.
Por qué se modificó la normativa
Según los fundamentos, la industria desarrolló productos que mantienen características derivadas de la fermentación, pero que reciben un tratamiento posterior para mejorar su estabilidad comercial y prolongar su vida útil.
Ese procedimiento provoca que los microorganismos específicos de la fermentación dejen de estar viables.
La nueva exigencia busca que los consumidores puedan distinguir estos productos de otros lácteos fermentados que sí contienen microorganismos vivos.
Desde cuándo rige
La resolución entrará en vigencia el jueves 5 de noviembre.
La modificación está alineada con criterios internacionales de identificación de productos lácteos fermentados sometidos a tratamientos térmicos posteriores.