La Corte le puso un freno a Milei: los DNU no pueden reemplazar al Congreso
La Corte Suprema de Justicia volvió a marcar los límites constitucionales para el uso de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) y dejó una advertencia que impacta directamente en la estrategia del Gobierno de Javier Milei.
El máximo tribunal recordó que el Poder Ejecutivo no puede utilizar los DNU como una vía habitual para avanzar con medidas que deberían ser discutidas por el Congreso. La Constitución establece que esta herramienta solo puede emplearse cuando existan circunstancias excepcionales que hagan imposible seguir el procedimiento legislativo ordinario.
En ese sentido, la Corte sostuvo que la rapidez, la conveniencia política o las dificultades para reunir apoyos parlamentarios no son motivos suficientes para justificar un decreto de necesidad y urgencia.
El pronunciamiento cobra especial relevancia para la gestión de Milei, que recurrió de manera frecuente a decretos para avanzar con medidas económicas, administrativas y de desregulación.
La Corte retomó criterios fijados en fallos anteriores y reafirmó que la regla general es que las leyes sean debatidas y sancionadas por el Congreso, mientras que los DNU deben quedar reservados para situaciones verdaderamente extraordinarias.
La decisión no implica que todos los decretos firmados por el actual Gobierno queden automáticamente anulados. El punto central es que cada DNU debe cumplir con las condiciones constitucionales que justifican su carácter excepcional.
El mensaje institucional es claro: el Ejecutivo no puede reemplazar al Congreso cuando el Poder Legislativo está en condiciones de funcionar y tratar las leyes por la vía ordinaria.