Argentina24/06/2026

Aumenta 565% la tasa de seguridad aérea y encarece los pasajes en Argentina

El Gobierno actualizó el valor que financia a la Policía de Seguridad Aeroportuaria, lo que impactará en el precio final de los vuelos de cabotaje, regionales e internacionales.

El Gobierno estableció un aumento de 565% en la tasa de seguridad de la aviación en pesos, que impactará en el precio final de los pasajes aéreos para los tramos de cabotaje, regionales e internacionales que sean emitidos desde este sábado 27 de junio.

Esta tasa está destinada al servicio que presta la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y los valores no se ajustaban desde enero de 2023. La medida fue oficializada este miércoles a través de la resolución 565, publicada en el Boletín Oficial.

Con la actualización, la tasa pasa de $260 a $1725 para vuelos de cabotaje. Para los destinos regionales e internacionales, el valor se mantiene en US$1,40. Así, los pasajes de avión pasarán a tener un recargo más elevado en el precio final que pagan los pasajeros.

“Resulta necesario actualizar el valor de la tasa atento al incremento significativo de los costos operativos necesarios para la prestación del servicio público de seguridad de la aviación civil, con el fin de preservar una razonable correspondencia entre el costo del servicio público efectivamente prestado y el tributo que lo financia, manteniendo así los principios de equilibrio y proporcionalidad”, justificó el Ministerio de Seguridad.

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Aumenta la tasa de seguridad de aviación: a quiénes alcanza

La tasa de seguridad de la aviación se aplica a los pasajeros que embarquen en vuelos regulares de cabotaje, regionales e internacionales desde aeropuertos y aeródromos integrados al Sistema Nacional de Aeropuertos.

Fue creada en 2006 por la ley 26.102 para financiar el servicio público de seguridad de la aviación frente a “actos de interferencia ilícita” que presta la PSA.

Quiénes quedan exceptuados de pagar la tasa de seguridad de la aviación

Hay cuatro grupos de pasajeros que quedan exceptuados del pago de la Tasa de Seguridad de la Aviación. Estos son:

  • Los pasajeros menores de 3 años en el caso de los vuelos de cabotaje y menores de 2 años para vuelos internacionales o vuelos regionales.
  • Diplomáticos.
  • Los pasajeros que embarquen en aeronaves de matrículas públicas, nacionales o provinciales como las militares, sanitarias, policiales, aduaneras, en cumplimiento de su misión específica o en aeronaves sanitarias.
  • Los “pasajeros en tránsito”, es decir, quienes llegan a un aeropuerto, realizan una escala y continúan el viaje en el mismo vuelo.

Con información de TN

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