Salta19/03/2026

El Colegio de Abogados de Salta se sumó a la demanda contra la reforma laboral

Casi 30 colegios de abogados de todo el país, incluido el de Salta, presentaron una demanda colectiva ante la Justicia Federal. Buscan frenar dos artículos clave de la nueva Ley Laboral.

Frente a la tibia reacción de los órganos que representan a los abogados -el CPACF y la FACA- frente a las modificaciones que los impactan en la nueva ley Laboral que se reformó a instancias del gobierno de Javier Milei, unos 29 colegios de abogados con influencia en todo el país, decidieron hacer una presentación conjunta para solicitar que la justicia frene los artículos de la nueva ley.

La presentación que busca obtener una medida cautelar por parte de los tribunales para que quede sin efecto parte del articulado se inscribe en el aluvión de presentaciones de similares características que atacan diversos frentes de la nueva norma aprobada por el Congreso y que era una de las principales batallas de la gestión libertaria en sesiones extraordinarias. La vía intentada apunta a demostrar un perjuicio en un caso concreto del derecho a defensa en juicio y el peligro en la demora que se apliquen los controvertidos artículos que perjudican el ejercicio de su profesión.

De acuerdo a lo que pudo confirmar Ámbito, la presentación ingresó esta mañana al poderoso fuero Contencioso Administrativo Federal y se suma a otras de diversa índole que se sembraron en otros fueros y apuntan a invalidar por inconstitucional el texto aprobado por el Senado y Diputados que, por contar con el número, el oficialismo y aliados votaron con pocas modificaciones.

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Qué plantea la demanda

Los colegios solicitaron, con el patrocinio del abogado Alberto Spota una medida cautelar autónoma para que se suspendan los artículos 20 y 227 de la Ley de Contrato de Trabajo, modificada en febrero. Esto hasta tanto se dicte lo que consideran inconstitucional, como sentencia definitiva. Aseguraron que se violentan los artículos 14 bis, 17, 18 y 75 de la Constitución Nacional. Por la magnitud y representación de los colegios es casi una acción colectiva para la que aseguran estar legitimados por su representatividad entre los matriculados.

Consideraron "una utilización desviada de las herramientas procesales, susceptible de afectar no sólo a las partes involucradas, sino al adecuado servicio de justicia en su conjunto". Puntualmente, atacan el régimen de percepción de honorarios profesionales en el proceso laboral, alterando las condiciones en que los abogados ejercen su actividad, lo que impacta en intereses de un colectivo. Citaron precedentes de la Corte Suprema en la materia respecto de cautelares cuando se plantean hechos que pueden colisionar con la Constitución.

Centralmente, la medida apunta a contrarrestar el eventual pago en cuotas de los honorarios profesionales en los juicios laborales por poseer naturaleza alimentaria y una eventual reducción que pueda impactar en el derecho de propiedad privada.

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Por otra parte, apuntan contra agravios hacia el derecho procesal como es la regulación de costas de los abogados ante un tribunal, algo que le correspondería dictar a cada provincia de acuerdo a las facultades que se le confieren para dictar su propio sistema de normas de litigación. "El ordenamiento procesal argentino ya contempla mecanismos destinados a sancionar las conductas procesales abusivas o contrarias a la buena fe. El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, por ejemplo, establece el deber de las partes y sus letrados de actuar con lealtad, probidad y buena fe en el proceso (art. 34, inc. 6°), facultando a los jueces a prevenir y sancionar los actos contrarios a dichos principios. Asimismo, el artículo 45 del mismo cuerpo normativo autoriza a los jueces a imponer sanciones en supuestos de temeridad o malicia procesal", afirmaron en la presentación a la que tuvo acceso Ámbito, en exclusiva. La nueva norma sería "redundante" en el mismo tópico.

Para los abogados esto generaría un efecto disuasivo ante el riesgo patrimonial que implica que sufran sanciones lo que desvirtúa el derecho de defensa. "Las normas impugnadas aparecen prima facie incompatibles con el orden constitucional y legal vigente, configurándose así el requisito de verosimilitud del derecho exigido para el dictado de la medida cautelar solicitada".

Una multitud de Colegios de todo el país

A la vez, y como estrategia, los abogados solicitaron que se declare la inconstitucionalidad de la concesión de un traslado al Estado nacional previsto para evacuar el informe mencionado en el art. 4° de la ley 26854, en forma previa a la resolución del pedido cautelar para evitar las trabas en el proceso que el Gobierno podría intentar. Y tampoco que la medida interina quede sin efecto ante el eventual informe que el Estado aporte a la causa, otra forma de ir ganando tiempo con la que cuenta el Gobierno para evitar la sangría de artículos de la flamante norma.

Asimismo, se atajan con el efecto suspensivo que podría tener una apelación oficial para acudir a la Cámara en caso de que se topen en primera instancia con que le otorgan la razón a los abogados. Una forma de blindar -aunque sea temporalmente- todas las herramientas que tiene el Estado para estirar indefinidamente el proceso.

Con el impulso de los abogados del Colegio de Abogados de Villa María, representado por su presidente Amalia Itatí Demarchi, entre otros, se tejieron las firmas que lograron la adhesión y participación en la demanda de del Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Corrientes, el de Córdoba; Paso de los Libres; de Jujuy; el Colegio de la Abogacía de Viedma; el Colegio de Abogadas y Abogados de General Roca; el Colegio de abogados de Laboulaye; Villa Dolores; de Cruz del Eje; el Colegio de Abogados de Río Cuarto; San Francisco; el Colegio de abogados de Bell Ville; Dean Funes; Río Tercero; el de Concepción del Sur; el Colegio de Abogados y Procuradores de Resistencia-Chaco; de la Pampa; el Colegio de Profesionales de la Abogacía de Santa Fe; el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta; el Colegio de Abogados San Carlos de Bariloche; el Colegio Público de Abogados de Ushuaia; de Charata; el de de Santo Tomé; Goya; el de Curuzú Cuatiá; Cutral Co Neuquén; Córdoba capital y Trelew Chubut.

Con  información de Ámbito

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