Cómo patentar un Tesla en Argentina: El paso a paso del nuevo trámite simplificado
Tras diez meses de espera, el Gobierno nacional reglamentó la Disposición 10/2026, permitiendo la nacionalización y el patentamiento de vehículos importados que no cuentan con homologación convencional.
Tras una larga espera de casi diez meses entre la publicación del Decreto 196/2025 y la reglamentación para poder aplicarse a los usuarios, el Gobierno dio forma al esquema de trámites que se deben hacer para nacionalizar un auto importado que no cuente con la homologación convencional en Argentina, y deba obtener un Certificado de Seguridad Vial (CSV) para poder circular por la vía pública.
La demora se debió a varias situaciones que ocurrieron en paralelo como el intento de disolución de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y dos cambios de titulares de la entidad, en medio del proceso de modernización y simplificación de organismos oficiales que llevó adelante Federico Sturzenegger en su rol de ministro de Desregulación y Transformación del Estado.
A través del Boletín Oficial se publicó el pasado 16 de enero la Disposición 10/2026 que reglamenta el otorgamiento de un CSV para aquellos vehículos importados que no cuenten con una Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y una Licencia de Configuración Ambiental (LCA). Esta documentación permitirá a quienes importaron o importen en adelante autos desde países que no tengan estándares internacionales de seguridad y emisiones o fichas de homologación registradas en Argentina, obtener la habilitación para dar de alta sus unidades, poder patentarlas y, como consecuencia, circular por la vía pública.
Este trámite podrá hacerse tanto para autos particulares (categoría M1) como para vehículos utilitarios livianos (N1), pero también aplica para vehículos nacionalizados bajo el Decreto 110/99, vehículos subastados o dispuestos judicialmente que carezcan de LCM/LCA y autos usados importados de las categorías mencionadas.
Para obtener el CSV, el vehículo debe contar con un Informe Técnico elaborado por talleres, concesionarias o importadores registrados ante la Secretaría de Transporte, con instalaciones y equipamiento adecuado, o bien por ingenieros matriculados que firmen bajo declaración jurada.
Hasta que se cree un Registro Nacional único de talleres habilitados, se aceptan informes técnicos realizados por Talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) nacionales o locales. El informe técnico aprobado es obligatorio como paso previo para la emisión del CSV por parte de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Paso a paso del trámite
De este modo, quiénes importen un vehículo y no tengan una LCM y LCA registrada de acuerdo a ese modelo, deberán tener en primera instancia el Certificado de importación, y con ese documento vigente, deberán trasladar el automotor en un medio de transporte (no podrá ir rodando por no tener patente habilitante) hasta una dependencia de RTO (Revisión Técnica Obligatoria) o un taller habilitado para este tipo de trámites e inspecciones.
En ese centro técnico, un ingeniero matriculado acreditado procede a hacer la inspección visual del vehículo y una vez corroborada la condición técnica adecuada de la unidad, se ingresa la información en el sistema TAD (Trámites a distancia), para que la Agencia Nacional de Seguridad Vial emita el Certificado de Seguridad Vial.
Con ese certificado que se emite por única vez, el usuario del automóvil debe concurrir a una dependencia del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor (DNRPA) para solicitar el alta del vehículo para poder patentarlo.
Costos del Certificado de Seguridad Vial
En otra disposición separada, la 11/2026, la ANSV, dio a conocer la actualización de los montos correspondientes al trámite de solicitud, gestión y obtención del Certificado de Seguridad Vial (CSV).
El texto de la norma establece que para los vehículos importados 0 km, el trámite tendrá un valor en concepto de arancel exigible equivalente a 20.000 módulos para el primer certificado requerido por un mismo titular dentro de un período de 12 meses contado desde la fecha de presentación de su primer trámite, y de 100.000 módulos para cada uno de los certificados subsiguientes requeridos por ese mismo titular dentro del mismo período de tiempo de un año.
Los módulos tienen un valor de $5, por lo tanto, la emisión del primer certificado costará $100.000, y si un mismo titular trae más unidades del mismo tipo, estas pagarán un valor de $500.000 cada certificado, entendiéndose que se trata de una operación comercial y no una para uso particular.
Además, se estableció el valor de la gestión y obtención de un Certificado de Seguridad Vial para otro tipo de rodados de acuerdo al siguiente detalle: autos usados importados y motos importadas usadas $80.000, y trailers y casas rodantes $50.000.
Como se explicó anteriormente, los Certificados de Seguridad Vial se emiten para poder patentar autos importados que no tengan una LCM y una LCA registrada y no tengan posibilidades de hacerlo por corresponder a vehículos que no están fabricados con estándares internacionales como los de los países más desarrollados del mundo, tal como lo estableció el Gobierno en el Decreto 196/2025.
También se puede solicitar este CSV para los casos de los importadores particulares, quienes pueden traer al país una sola unidad de un auto no homologado en Argentina para su uso personal.
En cualquier caso, al costo de gestión y emisión de un Certificado de Seguridad Vehicular se deben sumar a los de la operación comercial en sí misma, que consisten en la compra del vehículo en el país de origen de la importación, el transporte y seguro hasta Argentina, los costos de despachante y movimiento de aduana, el arancel de importación extrazona y los otros impuestos argentinos.
El detalle de esos costos establece que en concepto de transporte y flete se deben calcular unos USD 2.500, al llegar a Argentina un 35% de arancel de importación, un 3% de tasa estadística, otros USD 1.000 de gastos de logística y traslado local, un 10% de impuestos y tasas entre Ingresos Brutos, impuesto a las ganancias o anticipo, impuesto a los débitos y créditos, tasas provinciales y municipales, y el IVA del 21%.
Quienes se aventuren a importar un auto que no se vende oficialmente en Argentina por medio de esta operatoria, deben tener en cuenta que ese vehículo posiblemente no tenga garantía en la red de concesionarios oficial de la marca en el mercado local. Aunque alguna automotriz decidiera atender una necesidad de reparación en garantía acordando con casa matriz que ese costo se recuperará internamente, no todos los modelos tienen en Argentina el herramental adecuado para ese trabajo y los repuestos originales para reemplazar los que pudieran hacer falta.
Con información de Infobae
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