Casanello rechazó el pedido de nulidad de Spagnuolo y la causa ANDIS seguirá
El juez federal descartó los planteos basados en supuestos audios adulterados y sostuvo que la defensa no aportó hechos nuevos. El caso continúa mientras la Cámara revisa un incidente previo.
El juez federal Sebastián Casanello rechazó este miércoles el pedido de nulidad y sobreseimiento presentado por la defensa de Diego Spagnuolo en la causa ANDIS, donde se investigan presuntos hechos de corrupción.
Los abogados de Spagnuolo, Mauricio D’Alessandro y Pablo Parera, habían solicitado anular una resolución clave del 21 de agosto de 2025 y todos los actos posteriores, argumentando que la investigación se basó en audios supuestamente adulterados y obtenidos de manera ilegítima.
La defensa sostuvo que los audios atribuidos a Spagnuolo presentaban “ausencia de metadatos, fragmentación, microcortes y diferencias acústicas”, e incluso mencionó la posible presencia de “voz sintética generada por inteligencia artificial”. Según los abogados, esto demostraría que el material carece de autenticidad y podría provenir de una interceptación ilegal.
Además, cuestionaron que no se haya realizado una verificación técnica oficial al momento de incorporar los audios a la causa, y señalaron que tanto los dictámenes del Ministerio Público Fiscal como las medidas posteriores se apoyaron en ese material.
Por eso, pidieron que se declare la nulidad de la resolución y de todos los actos posteriores, y que se sobresea a Spagnuolo por “contaminación probatoria”, invocando la doctrina del “fruto del árbol envenenado”.
Casanello consideró que el planteo ya había sido resuelto
En su fallo, Casanello recordó que el mismo planteo ya había sido presentado y rechazado en septiembre de 2025, cuando la defensa de otros imputados (los hermanos Kovalivker) había alegado argumentos similares: que la investigación se inició a partir de audios difundidos por la prensa, presuntamente adulterados, y que su incorporación vulneró derechos fundamentales.
El juez sostuvo que en ese momento ya se había determinado que la denuncia original era válida, que no se había demostrado una violación concreta a la intimidad ni un perjuicio concreto, y que las nulidades procesales deben interpretarse con criterio restrictivo. Además, remarcó que el incidente fue apelado y actualmente está en revisión en la Cámara Federal.
Por eso, Casanello consideró que el nuevo pedido de la defensa de Spagnuolo “reproduce los mismos argumentos, agravios y cuestionamientos ya evaluados y resueltos”, y que no se presentó ningún hecho nuevo ni circunstancia relevante que justifique volver a tratar el tema.
El magistrado resolvió rechazar “in limine” el planteo de nulidad y sobreseimiento, al considerar que no superaba el estándar mínimo de admisibilidad y que no se acreditó un perjuicio concreto. Además, advirtió que aceptar el pedido implicaría dictar resoluciones contradictorias dentro del mismo proceso.
De esta manera, la causa ANDIS continuará su curso mientras la Cámara Federal analiza el incidente de nulidad presentado anteriormente. El informe pericial de parte presentado por la defensa será evaluado en la etapa procesal correspondiente, pero por ahora no altera el encuadre jurídico del caso.
Con información de TN
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