Provincias07/10/2025

Reforma Laboral CABA: invitan a gremios y empresas a sumar el Fondo de Cese

La Secretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) lanzó una invitación a gremios y empresas para incluir el Fondo de Cese Laboral en las negociaciones colectivas.

La Secretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad de Buenos Aires emitió una resolución para emplazar a un encuentro entre gremios y patronal para iniciar negociaciones colectivas en el marco de la reforma laboral impulsada desde el Gobierno nacional. El objetivo es incluir en las negociaciones de los convenios la constitución del fondo de cese laboral para sustituir el actual esquema de indemnizaciones y desvinculaciones.

En los considerandos de la medida, sostiene que el objetivo es “optimizar el abordaje de los costos asociados al despido e indemnización, así como proporcionar mayor estabilidad en las relaciones laborales”. La Secretaría considera “estima conveniente promover la constitución de Fondos de Cese Laboral por vía convencional, en el marco de convenios colectivos de empresa, como alternativa al régimen indemnizatorio tradicional”.

“Los cambios normativos dispuestos y los nuevos institutos jurídicos adoptados resultan necesarios para fomentar la competitividad empresarial y la estabilidad en el empleo, hitos que resultan claves para la gestión de esta Administración”, señala la Secretaría porteña.

Qué dice la resolución que impulsa la reforma laboral en CABA

Artículo 1°.- Invitar a las organizaciones representativas de los trabajadores y a las empresas con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a iniciar negociaciones colectivas en el ámbito de la Secretaría de Trabajo y Empleo, con el fin de establecer en dichos convenios la constitución de Fondos de Cese Laboral que cubran las indemnizaciones derivadas del despido estableciendo las causas incluidas y las excluidas según las características de la actividad.

Artículo 2°.- Encomendar a la Dirección General de Relaciones del Trabajo de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo poner en funcionamiento la reglamentación del procedimiento para la negociación del Fondo de Cese Laboral y su homologación, en el ámbito de las empresas que posean domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Artículo 3°.- Instruir a la Subsecretaría de Trabajo y Empleo a llevar adelante acciones de difusión, promoción y acompañamiento técnico dirigidas a los actores sociales a fin de facilitar la implementación del Fondo de Cese Laboral.

Cómo funciona el fondo de cese de la reforma laboral de Milei

El nuevo régimen habilita a empleadores y trabajadores -a través de sus sindicatos- a constituir un sistema de ahorro destinado a cubrir las eventuales obligaciones por despido. El mecanismo a utilizar lleva el nombre de “Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral” y podrá instrumentarse bajo dos figuras:

  • Fondos Comunes de Inversión (FCI) de Cese Laboral
  • Fideicomisos Financieros (FF) de Cese Laboral
  • Los bancos comerciales deben habilitar cuentas especiales, las cuales:
  • Solo se admiten acreditaciones de aportes patronales, o del trabajador

Los fondos son inembargable

Al finalizar la relación laboral, el empleador debe transferir los fondos a la cuenta del trabajador. Si no lo hace, el trabajador puede retirar el dinero en ventanilla. La cuenta se mantiene activa por 180 días corridos.

El fondo de cese debe ser reglamentado en cada convenio colectivo. Por ejemplo, si el trabajador tuviera un salario de 1.000.000 de pesos, con un aumento acumulado del 20% y actualizaciones cada 3 meses, si es despedido luego de 24 meses de antigüedad, cobraría por el fondo de cese un monto mínimo de 2.263.077 pesos (más el retorno que obtenga por las inversiones acumuladas en ese período).

Las empresas y sus empleados podrán acordar el reemplazo del régimen de indemnización laboral por antigüedad por un seguro, con las compañías habilitadas por la Superintendencia que conduce Guillermo Plate. A partir de la reglamentación, se habilita una cartera de inversiones habilitada para que la aseguradora coloque esos fondos, con el objetivo de lograr rendimientos que incrementen el capital. Todo esto remite al fantasma del fracaso de las AFJP.

Si bien la cuenta individual será de libre acceso para el empleado, lo depositado en la cuenta especial solo podrá retirarse en caso de desvinculación por alguna de las causales explicitadas en la póliza, y de acuerdo con lo estipulado en el convenio colectivo de trabajo correspondiente.

La medida fue formalizada a través de la Comunicación “A” 8288/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Este régimen, de carácter optativo, busca sustituir el artículo 245 de la LCT -que establece el pago de un sueldo por cada año trabajado- por un sistema de aportes mensuales que se canalizan a través de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF), los cuales deben incluir explícitamente la denominación “Cese Laboral”.

Con  información de El Destape

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