El Gobierno desreguló la venta de diarios en la vía pública
Los puestos podrán, a partir de este viernes, prestar servicios de correo, entregar paquetería, documentos oficiales y tarjetas bancarias.
El Gobierno avanzó en la desregulación de la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública. Lo hizo con el decreto 629, publicado en el Boletín Oficial. Desde ahora, los puestos podrán prestar servicios de correo.
La normativa disolvió el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas creado por el decreto 1025. Busca promover un “mercado abierto e incentivar la libre competencia”. La medida entrará en vigencia este viernes 5 de septiembre.
“Corresponde derogar el régimen jurídico aplicable a la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública y lugares públicos de circulación de personas, aprobado por el decreto 1025/00 y su modificatorio", indica el decreto 629.
Las autoridades justificaron que ese régimen “deviene innecesario, obsoleto y genera limitaciones que afectan a los actores que intervienen en dicha actividad”.
Con las modificaciones que aplicó la gestión de Javier Milei, los puestos de diarios podrán prestar servicios de casilla de correo. Para ello, deberán ser registrados como operadores postales ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) o por convenio con uno ya autorizado.
Desde este viernes 5, podrán realizar la entrega de correspondencia general, papelería, paquetería, y hasta tarjetas de crédito y débito, y documentos de identidad y pasaportes.
En 2024, el Gobierno desreguló el servicio de correos con el objetivo de “fomentar la competencia entre las empresas y facilitar a los usuarios el envío de telegramas, cartas documento y encomiendas”.
Así, los operadores postales que desarrollen actividades en el mercado postal local e internacional fijan “con total libertad” la dotación de personal, la modalidad, los tipos de servicios prestados, los equipos, medios de transporte y locales que requieran para su actividad.
Autorizan a los puestos de diarios a prestar servicios de correo: que entregas podrán realizar
El decreto 629 autorizó a los puestos de diarios a prestar servicio de correo postal.
La medida entrará en vigencia este viernes 5 de septiembre. Podrán hacer entrega de:
- Correspondencia general;
- Papelería, paquetería;
- Servicio de guarda, depósito;
- Reparto de productos adquiridos mediante el comercio electrónico;
- Tarjetas de crédito y débito,
- DNI y Pasaporte.
Con información de TN
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