Comercios ya no deberán pedir DNI a los clientes en compras menores a $10 millones
Es parte de las medidas anunciadas por Luis Caputo la semana pasada, que incluyeron la eliminación de varios regímenes informativos y la suba de umbrales de control.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanza un paso más en la oficialización de las medidas tomadas el pasado jueves. Dentro de los anuncios clave del organismo a cargo de Juan Pazo, se destacó la eliminación de algunos regímenes informativos y la elevación de umbrales para el inicio de investigaciones fiscales.
Este martes, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5700/2025 de la ARCA, que elevó a $10 millones el monto a partir del cual corresponde identificar al adquirente, locatario, o prestatario cuando actúe como consumidor final. Una vez superado ese umbral, deberá consignarse su CUIT, CUIL, CDI o DNI (en caso de extranjeros, documento del país de origen o pasaporte).
Hasta ahora, los comercios estaban obligados a pedir la identificación de los clientes para compras en efectivo a partir de los $250.000 y para compras por medios de pago electrónicos desde los $400.000. En adelante, se unificarán ambos umbrales y los comerciantes no deberán pedirle el DNI ni consignar los datos de los consumidores por operaciones inferiores a los $10 millones.
En paralelo, también se amplía a $500.000 el monto de operaciones que pueden documentarse mediante el sistema simplificado del "Facturador".
ARCA elevó los umbrales para iniciar investigaciones
Además, la Agencia de Recaudación de Control Avanzado (ARCA), ex AFIP, estableció nuevos límites mínimos que disparan la obligación de informar o la posibilidad de ser fiscalizado:
- Transferencias/acreditaciones: $50 millones (personas físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Extracciones en efectivo: $10 millones para ambos
- Saldos bancarios: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Plazos fijos: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Billeteras virtuales: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Sociedades de bolsa: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Compras como consumidor final: hasta $10 millones sin identificación ni reporte
A su vez, las Resoluciones 5697 y 5698/2025 también eliminan varios regímenes de información obligatorios, entre ellos:
- Reportes de consumos con tarjetas y billeteras virtuales
- El sistema CITI Escribanos, que obligaba a informar operaciones notariales desde $10 millones
- Informes de compra-venta de vehículos usados
- Reporte de expensas desde $32.000
Declaración del COTI al publicar inmuebles en venta
Estas modificaciones forman parte de una política de desburocratización del control fiscal sobre consumos y transacciones de personas físicas, que ahora contarán con mayor privacidad en sus operaciones.
El titular de ARCA, Juan Pazo, explicó que con la implementación del nuevo régimen se busca un cambio de paradigma: “Aumentar los umbrales significa que hasta $50 millones vas a poder operar sin que ARCA tenga información previa. Lo mismo va a aplicar para billeteras virtuales y tarjetas de crédito o débito. Vas a poder comprarte un auto o un departamento con ahorro bien habido, sin necesidad de justificarlo”, sostuvo.
Pazo remarcó que el objetivo es “invitar a la gente a que facture por las buenas razones, porque el sistema te lo va a premiar”. En esa línea, defendió la idea de construir confianza en el sistema formal: “Tu número de seguridad social y tu historia crediticia son lo más importante que podés tener, porque son la llave para acceder al sistema”.
Con información de Ámbito
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