El Gobierno mantendrá los pliegos de los jueces designados en la Corte
La situación de ambos magistrados se analizará en la Cámara Alta el próximo 3 de abril.
El jefe de Gabinete, Guillermo Francos, confirmó hoy que el Gobierno no retirará los pliegos de los jueces designados por decreto para integrar la Corte Suprema de Justicia, Manuel García Mansilla y Ariel Lijo, en la previa de la sesión del Senado convocada por la vicepresidenta Victoria Villarruel para analizar la situación de ambos el próximo 3 de abril.
“El gobierno no va a retirar los pliegos”, aseguró el funcionario en declaraciones a Futurock, al ser consultado sobre un eventual rechazo en la Cámara Alta. “Ambos ministros de la Corte fueron designados por decreto, y están en funciones hasta el 30 de noviembre de este año. Lijo no ha asumido. Veremos qué hace. Mansilla puede seguir en su cargo constitucionalmente”, explicó.
Los dos magistrados fueron designados por el Poder Ejecutivo y están actualmente en el centro de una discusión política en el Senado. García Mansilla ya juró como ministro del máximo tribunal tras ser designado “en comisión”, mientras que Lijo aún no asumió.
Según establece el artículo 99 de la Constitución Nacional, los jueces de la Corte Suprema deben ser aprobados por el Senado en una sesión pública, con el voto favorable de dos tercios de los presentes. En este contexto, el Frente de Todos y parte del radicalismo, encabezado por Martín Lousteau, firmaron despachos en la comisión de Acuerdos que, aunque formalmente figuran como favorables, tienen como objetivo final el rechazo de ambos pliegos.
Desde la bancada peronista señalaron que, con 25 votos en contra, los candidatos serían rechazados. Además, acusan al Poder Ejecutivo de haber aprovechado el receso legislativo entre el 21 de febrero y el 1 de marzo para realizar designaciones “en comisión”, sin respetar la institucionalidad del Senado.
La semana pasada, Lijo le envió un escrito al magistrado Alejo Ramos Padilla, quien tiene en su juzgado la causa que se abrió a partir de los nombramientos en comisión por parte de Javier Milei. En el texto, el titular del juzgado federal N° 4 de Comodoro Py ratificó que no renunciará a su cargo -este fue el impedimento que le puso la propia Corte para jurar- y dijo que confiaba en que el Senado aprobará su pliego, que ya tiene dictamen favorable.
“A los efectos de pronunciarme en los términos del artículo 90 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y, dado el objeto de las actuaciones, pongo en su conocimiento que carezco de interés acerca de la decisión que eventualmente pudiera recaer en las actuaciones de referencia. Ello en tanto no asumí como Juez de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los términos del artículo 99, incisos 4 y 19 de la Constitución Nacional; no voy a renunciar a mi cargo actual de Juez Federal y mi interés se centra en que el Honorable Senado de la Nación me otorgue el acuerdo correspondiente para el cual ya cuento con dictamen favorable de la Comisión de Acuerdos”, expresó Lijo.
El debate sobre la validez del decreto 137, firmado por el presidente Milei para designar en comisión a Lijo y García Mansilla, está en manos de Ramos Padilla, juez federal de La Plata, en un contexto de múltiples presentaciones judiciales y cuestionamientos legales. Entre ellas, se destaca la acción de la ex diputada Elisa Carrió, quien presentó un planteo de Amicus Curiae ante ese juzgado, calificando el decreto como “inconstitucional y nulo de nulidad absoluta e insanable”.
Carrió argumentó que la designación de jueces de la Corte mediante este mecanismo viola la Constitución Nacional, los tratados internacionales y los principios fundamentales del sistema republicano, como la independencia judicial y la división de poderes.
Sin embargo, la Corte Suprema no cuestionó la designación de Lijo y García Mansilla a través de la firma del decreto presidencial. Prueba de ello es que al segundo se le tomó juramento la misma semana en que se publicó en el boletín oficial su nombramiento en comisión, sin hacer espacio a ninguno de los planteos que cuestionan esta decisión, adoptada por el presidente Milei tras casi un año de fracasar en el Senado el tratamiento de estas dos postulaciones. La situación de Lijo, en cambio, quedó en suspenso porque la Corte rechazó el pedido de licencia que le había concedido la Cámara Federal, y debería renunciar a su cargo de juez para asumir en comisión. El pliego de ambos sigue en el Senado.
A diferencia del juez García Mansilla, Lijo había obtenido dictamen favorable de Comisión y -además- a fines del año pasado desde diversos sectores aseguraban que el juez federal contaba con los votos necesarios para ser aprobado por los dos tercios del Senado, lo que ahora es puesto en duda por algunos referentes políticos.
En cuanto al cuestionamiento de la designación por decreto, el conflicto por la licencia hizo que Lijo no asumiera en el cargo. Cuando se conoció su designación, pidió licencia en la Cámara Federal, pero el pedido no fue avalado por la Corte. Posteriormente, hizo saber que no está dispuesto a renunciar a su cargo en los juzgados de Retiro, y no impugnó la decisión de la Corte de rechazarle la licencia. Hay que ver entonces qué curso sigue su pliego en el Senado.
Con información de Infobae
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