Vialidad: rechazaron el pedido de una ONG para que CFK no pueda ser candidata
El tribunal oral del caso no aceptó a “Será Justicia” como parte de la causa y con eso tampoco a su planteo para que la ex mandataria ya empiece a cumplir la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y que se analice la posibilidad de que sea detenida.
El Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py rechazó hoy el pedido de la ONG “Será Justicia” para ser aceptado como amicus curiae (amigo del tribunal) en la causa por las obras públicas en Santa Cruz y por lo tanto tampoco se aceptó el planteo para que se le impida a la ex presidenta de la Nación Cristina Kirchner ser candidata en las elecciones del año que viene por la condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
Los jueces Luciano Gorini, Rodrigo Giménez Uribiru y Andrés Basso -quienes hicieron el juicio oral y en diciembre de 2022 condenaron a Cristina Kirchner y otros acusados- rechazaron el pedido de la organización porque no cumple con los requisitos para ser amicus curiae.
Después del fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que a mediados de noviembre confirmó la condena de Cristina Kirchner, Será Justicia se presentó en tribunales y pidió como medida cautelar que se le impida a la ex mandataria ser candidada, que se inicie el decomiso de bienes y que se analice “la posibilidad” que de que se ordene su detención.
Para fundamentar su pedido explicó que la Constitución Nacional en su artículo 36, establece que “atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos”. “La citada cláusula constitucional, no es más que la decisión del pueblo argentino a través de sus representantes, elegidos libremente para integrar la Convención Constituyente de 1994, de impedir el ejercicio de cargos públicos cuando mediaren actos de corrupción graves. Semejante prerrogativa viene a consolidar una idea que se ha arraigado fuertemente en nuestra sociedad relativa al enorme daño que provoca la corrupción estatal al país, su cultura, su economía y a la calidad de nuestra democracia”, sostuvo.
La entidad agregó que ya hay un doble conforme de condena en el caso y planteó dos escenarios para dictar la medida: “Existen razones suficientes que la justifican. Una de ellas, dentro de las más salientes, es que la eventual intervención extraordinaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación resulta ajena a cuestiones de hecho y prueba, de modo tal que los actos de corrupción verificados en autos en cabeza de Cristina Fernández no deberían ser modificados. Otra de las razones destacables es que, con esta disposición, se pretenden asegurar y garantizar los fines del proceso en sus últimas instancias, evitando maniobras que le faciliten su impunidad o posibles injerencias desde el poder en la actividad de la justicia”. Como no es parte de la parte, Será Justicia solicitó ser considerada amicus curiae.
Pero los jueces rechazaron el pedido. Explicaron en su resolución que “existen una serie de obstáculos formales que impiden tener por satisfecha su legitimidad procesal” para ser amigo del tribunal y repasaron los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de otros tribunales.
“Es sabido que la figura a la que se recurre constituye una suerte de opinión técnica especializada emitida por un tercero ajeno al proceso, que debe tener un justificado y notorio interés en la resolución del conflicto jurídico, y en la que expresa su opinión sobre un tema que también tiene que tener cierta trascendencia pública”, explicaron Gorini, Giménez Uriburu y Basso.
“Se advierte rápidamente que la petición, por el momento procesal en que se presenta, la ausencia de controversia actual en la instancia y la naturaleza de las medidas solicitadas -de neto corte estimulante de la acción penal- más propias y exclusivas de las partes acusadoras, excede los objetivos a su alcance en función de la actuación asignada en el carácter de tercero que se invoca”, sostuvieron.
Los magistrados también marcaron que una de las integrantes de la ONG que presenta el pedido es María Eugenia Talerico, quien fue vicepresidenta de Unidad de Información Financiera durante el gobierno de Mauricio Macri. “Tampoco puede soslayarse que la pretensión de actuar en la causa no proviene de forma clara de un tercero ajeno a la disputa, teniendo en cuenta que una de las integrantes de la asociación -y firmantes de la solicitud- fue entre 2016 y 2020 vicepresidenta y representante de la Unidad de Información Financiera, organismo que interviene como parte querellante en el presente proceso penal”, explicaron.
Por la condena en la causa de vialidad tanto Cristina Kirchner como el resto de los condenados y la Fiscalía tienen plazo hasta el 20 de febrero para apelar el fallo de la Cámara de Casación. Las defensas ya adelantaron que lo harán para que se revoquen las condenas y lo mismo hará el fiscal Mario Villar que solicitó que en la causa se aplique el delito de asociación ilícita y que la ex presidenta sea condenada a 12 años de prisión.
El año que viene el caso llegará al máximo tribunal que no tienen plazos para resolver.
Con información de Infobae
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