Rechazaron un pedido clave de José Alperovich en la causa por abuso sexual
El Tribunal Oral 29 le negó al exgobernador de Tucumán la solicitud para que un jurado popular sea el que lo juzgue.
El Tribunal Oral número 29 rechazó el pedido del exgobernador y senador por Tucumán, José Alperovich, para que un jurado popular sea el que lo juzgue en la causa por abuso sexual contra una sobrina y excolaboradora.
En un fallo unipersonal, el presidente del Tribunal, Juan María Ramos Padilla, consideró que el pedido de la defensa de Alperovich no está contemplado en la legislación que rige para este tipo de procesos.
Alperovich está acusado de abusar sexualmente de su sobrina entre 2017 y 2019, en sus oficinas en Tucumán y en la Capital Federal.
En primera instancia, el juez de instrucción Osvaldo Rappa procesó sin prisión preventiva a Alperovich por tres casos de abuso sexual y seis de abuso sexual agravado y le trabó un embargo de 2,5 millones de pesos.
Según la imputación con la que llegará a juicio, el exgobernador cometió esos delitos "mediando abuso de poder y autoridad; todo lo cual por sus circunstancias y tiempo de duración le ocasionaron a la víctima un sometimiento sexual ultrajante".
Alperovich había pedido un jurado popular invocando una norma que rige en la Ciudad de Buenos Aires, pero el tribunal le respondió que "la ley cuya aplicación se requiere no fue creada para los tribunales nacionales con asiento en la Capital Federal".
Se trata la ley 6451, sancionada por la Legislatura porteña, mediante la cual se implementó jurados "para los delitos cometidos bajo esa jurisdicción, cuya pena máxima en abstracto sea igual o superior a 20 años de prisión".
Aun cuando se interpretara que esa norma es aplicable a los tribunales nacionales, el juez subrayó que igualmente no sería aplicable en este caso porque los delitos que se le reprochan a Alperovich contemplan "una pena máxima en abstracto de 15 años de prisión".
"De tal manera, ni por razón de competencia ni por la clase de delito alcanzado podría accederse a la pretensión de la parte".
La fiscalía y el defensor oficial Pablo Rovatti, quien representa a la víctima como querellante, también se habían opuesto al juzgamiento por un jurado popular.
El fallo recuerda que la aplicación extensiva del juicio por jurados está supeditada a una normativa de carácter general para su implementación, "y tal acontecimiento – al menos por el momento- no ha ocurrido".
Fuente: Cadena 3
Te puede interesar
Seis años de prisión para Patricia Argañaraz y Ana María Cerezo por estafas en la ADP
El juez José Luis Riera ordenó la inmediata detención de las dos mujeres. Los otros dos acusados recibieron penas condicionales.
Causa Seguros: Alberto Fernández pidió postergar su indagatoria
También reclamó la nulidad de la declaración. El juez Ercolini lo había citado para el miércoles. Además hay otras 38 indagatorias pendientes.
Estafas en la ADP: Piden siete años de prisión para Patricia Argañaraz y Marita Cerezo
En los alegatos por la causa que investiga presuntas estafas con planes de viviendas, la Fiscalía también pidió 10 años de inhabilitación para ejercer cargos electivos en el gremio.
[VIDEO] Tartagal: juzgan a la mujer que se robó a una bebé del hospital
El hecho ocurrió en el nosocomio local el 14 de julio de 2023 y la menor fue encontrada al día siguiente en un predio abandonado en barrio de esa ciudad.
[VIDEO] Acusan a una mujer de usar a su nieta de 13 años para entregar droga
Una mujer de 56 años fue imputada acusada de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Tras la audiencia, desde la Fiscalía se solicitó que continúe detenida.
Patricia Argañaraz no declaró en el juicio por estafas en la ADP
Raúl Argañaraz y Ana María Cerezo asumieron una postura de mutua acusación, delegando la responsabilidad el uno en el otro. El lunes, desde las 8:30, está previsto que se desarrollen los alegatos de las partes.