
La decisión de Casación ratificó la postura del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, que había actualizado el monto del decomiso utilizando el índice de precios al consumidor (IPC) como criterio.
El Ejecutivo nacional respondió al fallo del máximo tribunal y expresó que "resulta contrafáctico y no puede verificarse qué hubiera sucedido si el Gobierno nacional no hubiera adoptado medidas a tiempo, ante la pasividad del Gobierno porteño".
Política05/05/2021El Gobierno nacional declaró que ha sido elegido democráticamente "para adoptar las medidas que considera pertinentes para proteger la salud pública" y lamentó que la Corte Suprema de Justicia haya sostenido, "con inusitado rigor formal", que las autoridades se basaron en "consideraciones meramente conjeturales con insuficiente fundamentación" para suspender las clases presenciales en CABA.
En un extenso comunicado en el que detalló las acciones desarrolladas desde el inicio de la pandemia, el Gobierno respondió al fallo del máximo tribunal y expresó que "resulta contra fáctico y no puede verificarse qué hubiera sucedido si el Gobierno Nacional no hubiera adoptado medidas a tiempo, ante la pasividad del GCBA (Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires)".
"Con inusitado rigor formal, como si no estuviese en riesgo la salud pública y los derechos subjetivos que de ella derivan, como la vida, la Corte Suprema ha sostenido que, al suspender por quince días las clases presenciales en el conglomerado urbano del AMBA, el Gobierno Nacional se habría basado en 'consideraciones meramente conjeturales' con insuficiente fundamentación", añade.
La declaración indica que "es un deber y un objetivo central de este Gobierno garantizar el derecho constitucional a la educación; y sabemos, sin ninguna duda, que este derecho se ejerce con mayor plenitud cuando se desarrolla en la modalidad presencial con docentes, niños, niñas y adolescentes en las aulas".
Y señala que "al momento de dictarse el DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) cuestionado, el AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires) exhibía un crecimiento exponencial de contagios mayor al que presentaba el resto del país y el sistema de salud se hallaba fuertemente tensionado, con peligro de saturación" y "que también se ha verificado durante el año 2020 que la situación epidemiológica del AMBA se extiende a las demás regiones del país".
La decisión de Casación ratificó la postura del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, que había actualizado el monto del decomiso utilizando el índice de precios al consumidor (IPC) como criterio.
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