Habilitan en forma "excepcional" la solicitud y emisión del DNI en forma remota
Se trata de la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad, copia del DNI tarjeta ya emitido, para dispositivos móviles. Es una medida que se puso en marcha en el marco del aislamiento social obligatorio por coronavirus.
El Gobierno habilitó en forma "excepcional" la solicitud y emisión en forma remota de la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad, copia del DNI tarjeta ya emitido, para dispositivos móviles, en el marco del aislamiento social obligatorio por coronavirus, de acuerdo a una disposición publicada esta noche en el Boletín Oficial.
"Habilítese, excepcionalmente, la solicitud y emisión en forma remota de la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad, copia del Documento Nacional de Identidad tarjeta ya emitido, para dispositivos móviles inteligentes", dice el texto de la disposición 195/2020 difundida esta noche por el Boletín Oficial.
En ese sentido, precisó que la medida se dispone "en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Decreto N° 297 del 19 de marzo de 2020".
La disposición establece que "la credencial tendrá una vigencia de hasta 30 días corridos posteriores a la fecha de finalización del período de aislamiento social".
El documento podrá ser gestionado "únicamente por aquellos ciudadanos mayores de edad que acrediten una situación urgente e impostergable o de fuerza mayor, y que se encuentren comprendidos únicamente en los casos de extravío, sustracción o ilegibilidad de un Documento Nacional de Identidad tarjeta ya emitido.
También cuando se trate de "un nuevo Documento Nacional de Identidad tarjeta tramitado previamente, de manera presencial por el ciudadano, y que no haya sido recibido por éste".
Además, la norma consigna que "para el caso de prórroga de vencimiento de los Documentos Nacionales de Identidad de extranjeros que ostenten la categoría de “residente temporario”, el plazo de vigencia de dicha documentación se encontrará limitado a lo que disponga la Dirección Nacional de Migraciones.
Fuente: Telam
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