Pichanal tiene nueva Carta Municipal: establece límites a las reelecciones y controles a funcionarios
El Gobierno provincial promulgó la Carta Municipal de Pichanal, una norma que establece las reglas de organización y funcionamiento del municipio del departamento Orán.
La Ley 8560, publicada este viernes 30 de octubre en el Boletín Oficial, regula las atribuciones del intendente, el Concejo Deliberante, la administración municipal y los mecanismos de participación ciudadana.
Reelecciones y transparencia
La normativa establece que los concejales tendrán mandatos de cuatro años y podrán ser reelegidos por un solo período consecutivo. Para volver a ocupar el cargo deberán dejar transcurrir un período.
También dispone que el intendente, los concejales y los funcionarios municipales presenten declaraciones juradas patrimoniales al comenzar y finalizar sus funciones.
El municipio deberá publicar periódicamente información sobre sus ingresos y gastos, además de garantizar mecanismos de control sobre los recursos públicos.
Comunidades indígenas y participación vecinal
La Carta Municipal reconoce expresamente la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y promueve su participación en las decisiones que afecten a sus comunidades.
También establece derechos para los centros vecinales, que podrán formular propuestas, solicitar asistencia municipal y participar en comisiones del Concejo Deliberante cuando se traten asuntos de su incumbencia.
La norma incorpora disposiciones sobre ambiente, desarrollo productivo, educación, salud y servicios públicos, que deberán orientar las políticas municipales.