Judiciales09/10/2026

Ley de Tierras: la Corte Suprema restableció las restricciones para la compra de campos por extranjeros

La Corte Suprema suspendió provisoriamente la derogación de la Ley de Tierras impulsada por Javier Milei y restableció las restricciones a la compra de campos por extranjeros. El fallo, con la disidencia de Rosenkrantz, reabre el debate judicial y político sobre la propiedad rural en Argentina.

La Corte Suprema de Justicia dispuso una medida cautelar interina que vuelve a poner en vigencia las restricciones para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. La decisión suspende temporalmente los efectos de un artículo del DNU 70/2023 del presidente Javier Milei, que había derogado la Ley de Tierras.

El nuevo pronunciamiento se conoció después de que el máximo tribunal revocara, la semana pasada, una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional la derogación de esa normativa. Aquella resolución provocó cuestionamientos políticos y abrió un nuevo frente de conflicto entre el oficialismo y la oposición.

La decisión fue adoptada con la participación de los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. En tanto, Carlos Rosenkrantz votó en disidencia y cuestionó los fundamentos de la medida.

Un nuevo planteo judicial

El fallo responde a una presentación realizada por una asociación ambientalista, dos organizaciones indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, quienes solicitaron aclaraciones sobre los alcances de la resolución anterior.

Los demandantes sostuvieron que su reclamo se fundamenta en la protección del ambiente y en los derechos de los pueblos originarios, argumentos diferentes de los invocados por los excombatientes de Malvinas en otra presentación judicial vinculada con la misma normativa.

La Corte no se pronunció sobre la constitucionalidad del decreto presidencial ni resolvió definitivamente si los demandantes están habilitados para impulsar la acción judicial.

En cambio, ordenó devolver el expediente al Juzgado Federal de Bariloche, donde se inició la causa, para que examine esas cuestiones y resuelva el pedido de protección cautelar.

Hasta que ese juzgado se pronuncie, permanecerán suspendidos los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, por lo que vuelven a regir las limitaciones establecidas por la Ley de Tierras.

La disidencia de Rosenkrantz

El juez Carlos Rosenkrantz expresó un fuerte desacuerdo con la resolución. En su voto, advirtió que una referencia general a la protección ambiental no resulta suficiente para justificar la adopción de medidas cautelares.

También cuestionó que la reacción pública frente al fallo anterior pudiera influir en una nueva decisión judicial.

En ese sentido, sostuvo que el descontento generado en determinados sectores no habilita a los magistrados a adoptar resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes.

El juez advirtió que actuar de esa manera podría debilitar la confianza pública en el Poder Judicial.

Repercusiones políticas

La controversia judicial se produce mientras sectores de la oposición impulsan en el Congreso una iniciativa para rechazar el DNU 70/2023, en respuesta a la derogación de la Ley de Tierras.

La posibilidad de que se trate el decreto completo generó preocupación en el Gobierno nacional, ya que el rechazo parlamentario podría alcanzar disposiciones que exceden la regulación sobre la propiedad rural.

Con esta nueva resolución, las restricciones a la compra de tierras por extranjeros quedan restablecidas de manera provisoria, aunque el conflicto judicial continúa abierto y todavía no existe una sentencia definitiva sobre la validez constitucional de la derogación impulsada por Milei.

Fuente: La Nación

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