La IGJ habilitó activos virtuales como aporte para constituir sociedades
La Inspección General de Justicia habilitó el uso de activos virtuales como aportes no dinerarios al momento de constituir sociedades bajo su órbita.
El cambio quedó establecido en la Resolución General 11/2026, publicada este martes 22 de septiembre en el Boletín Oficial de la Nación.
La norma exige identificar la clase y cantidad de activos aportados, acreditar quién era su titular y determinar su valor. Además, deberán quedar depositados en una billetera o plataforma perteneciente a un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales registrado ante la Comisión Nacional de Valores.
La valuación podrá acreditarse mediante certificación de un profesional en Ciencias Económicas o a partir de la cotización emitida por un proveedor registrado.
La resolución también flexibiliza otros requisitos para constituir sociedades y admite, para las SAS, que el objeto pueda expresarse como la realización de “cualquier actividad lícita”