Reforma laboral: reglamentaron los fondos para afrontar indemnizaciones
La Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó el funcionamiento de los instrumentos financieros que administrarán los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), uno de los mecanismos incorporados por la Ley de Modernización Laboral para facilitar el pago de indemnizaciones por parte de las empresas privadas.
La medida quedó formalizada mediante la Resolución General 1167/2026 y completa el esquema regulatorio necesario para que el régimen comience a funcionar el próximo 1° de noviembre.
Los FAL fueron creados para ayudar a los empleadores a afrontar obligaciones derivadas de la finalización de relaciones laborales, entre ellas indemnizaciones por despido, preaviso y otros conceptos previstos en la Ley de Contrato de Trabajo.
El sistema no modifica ni reemplaza el régimen indemnizatorio vigente. La responsabilidad frente al trabajador continuará siendo del empleador, incluso cuando el dinero acumulado en el fondo resulte insuficiente.
Cómo se financiarán
Las empresas deberán realizar una contribución mensual calculada sobre las remuneraciones utilizadas para determinar los aportes patronales.
La ley establece una alícuota del 1% para las grandes empresas y del 2,5% para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Esos porcentajes podrán elevarse, bajo las condiciones previstas en la normativa, hasta el 1,5% para las grandes compañías y hasta el 3% para las MiPyMEs.
A su vez, el régimen contempla una reducción equivalente en determinadas contribuciones patronales al sistema de seguridad social para los trabajadores alcanzados por el FAL.
Dónde estará el dinero
La reglamentación de la CNV establece dos alternativas para administrar los recursos: Fondos Comunes de Inversión de Asistencia Laboral y Fideicomisos Financieros de Asistencia Laboral.
Cada empleador tendrá una cuenta individual dentro del sistema. Ese patrimonio será independiente, inembargable y tendrá como destino específico el cumplimiento de las obligaciones laborales previstas por la ley.
Los fondos podrán ser administrados de manera individual para una empresa o a través de vehículos que agrupen a múltiples empleadores.
La CNV también estableció mecanismos para que las empresas puedan cambiar de administrador y fijó un tope global del 1% anual sobre el patrimonio para honorarios y gastos ordinarios de administración.
Qué pasa si una empresa no elige un fondo
Antes de realizar la primera contribución, cada empleador deberá seleccionar una entidad habilitada y obtener un identificador denominado “ID FAL”.
Ese código deberá ser informado a ARCA para que el organismo derive los aportes al vehículo de inversión elegido.
Si transcurre un mes sin que el empleador haya informado un ID válido, la CNV podrá asignarle de oficio un fondo habilitado.
Los administradores también deberán publicar mensualmente información sobre el rendimiento y la composición de las inversiones para permitir el seguimiento de los recursos.
El nuevo régimen entrará en vigencia el 1° de noviembre y alcanzará a empleadores del sector privado, mientras que las relaciones laborales del sector público quedan excluidas.