Política15/09/2026

Revocan la cautelar que suspendió la aplicación de la baja de la imputabilidad

La jueza Pascual había suspendido la aplicación a partir de un habeas corpus presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.

La Cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora revocó este martes el fallo de la jueza Marta Elba Pascual que había suspendido por 60 días la aplicación de ley que baja de la edad de imputabilidad a 14 años en la provincia de Buenos Aires.

Según el fallo que se conoció este martes, la medida que había firmado Pascual implica "una intromisión indebida en las facultades de otro poder del Estado" y ordena que la magistrada revise su propia competencia para seguir interviniendo en la causa.

De acuerdo al fallo de la Cámara, "resulta a todas luces inadmisible" suspender la aplicación de toda una ley mediante una medida cautelar; a la vez que considera que la magistrada se basó en "supuestos abstractos", sin acreditar una afectación concreta y actual de algún adolescente en particular.

"Un juez no puede suspender la aplicación de toda una ley, sancionada por el Congreso Nacional, a través de una medida cautelar -aun cuando lo haga de manera provisoria y por un plazo determinado-, sin lesionar gravemente el sistema republicano de gobierno", resalta la resolución.

Pascual, a cargo del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, había hecho lugar el lunes de la semana pasada a un habeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo (cuyo presidente es el sacerdote José María Di Paola, conocido como el padre Pepe) en representación de adolescentes privados de su libertad.

La jueza había puesto el foco en la capacidad e infraestructura de la Provincia para afrontar el cambio en la normativa que aprobó el Congreso hace más de seis meses.

Para la Cámara, "las leyes que han sido sancionadas de acuerdo a los mecanismos correspondientes, gozan de la presunción de legitimidad, que es lo que las hace operables", por lo que "sólo será procedente, eventualmente, su neutralización a través de una declaración de inconstitucionalidad, en un caso concreto".

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