Ley de Tierras: la Corte reabrió el debate, pero no resolvió el fondo
El abogado Omar Carranza analizó en Pelo y Barba, la discusión alrededor del DNU 70/23 y la derogación de la Ley de Tierras y advirtió que, hasta el momento, ningún fallo firme declaró la inconstitucionalidad del decreto. Sin embargo, desde su mirada técnico-jurídica, planteó fuertes objeciones sobre la validez constitucional de la herramienta utilizada por el Poder Ejecutivo.
“Decir que es inconstitucional sin que exista un fallo que así lo declare es, como mínimo, una opinión”, explicó Carranza. En ese sentido, remarcó que cualquier juez del país puede declarar la inconstitucionalidad de una norma, pero que esa decisión puede recorrer distintas instancias hasta llegar eventualmente a la Corte Suprema, que tendrá la última palabra.
El abogado aclaró especialmente qué resolvió el máximo tribunal en el expediente vinculado con la derogación de la Ley 26.737. Según explicó, la Corte no analizó el fondo de la constitucionalidad del artículo 154 del DNU, sino que consideró que el centro de excombatientes que había promovido la acción no tenía legitimación suficiente y que, por lo tanto, no existía un “caso o causa constitucional” sobre el cual pronunciarse.
Como consecuencia de aquella decisión, volvió a quedar vigente el artículo 154 que derogó las restricciones previstas por la Ley de Tierras para la adquisición de tierras rurales por extranjeros. Carranza señaló que esa situación explica el pedido de medida cautelar presentado por legisladores opositores, que buscan suspender sus efectos mientras se discute nuevamente la cuestión de fondo.
Más allá de esa aclaración judicial, Carranza expresó su propia opinión jurídica sobre el DNU 70/23. Consideró que el decreto no reúne los requisitos que la Constitución establece para que el Ejecutivo pueda recurrir a una norma de necesidad y urgencia y cuestionó particularmente la amplitud de materias incluidas en el megadecreto.
“No digo que sea inconstitucional, porque hasta que no lo diga un juez es mi opinión”, aclaró. Sin embargo, al profundizar su análisis fue contundente: “No es necesario ni urgente” y, desde su interpretación constitucional, “hace agua por todos lados”.
Carranza llevó luego la discusión más allá del decreto y apuntó al funcionamiento general del sistema institucional argentino. “Lo primero que le está pasando es que no cumple la Constitución”, sostuvo, y cuestionó que los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial se aparten de las competencias y límites establecidos para cada uno.
Según explicó, la división de poderes busca precisamente impedir que una rama del Estado avance sobre atribuciones que corresponden a otra.
El abogado vinculó ese deterioro institucional con la pérdida de confianza de la sociedad en la política. Sostuvo que, cuando las reglas constitucionales no son respetadas, aumentan los conflictos judiciales y se debilita la seguridad jurídica. “Después nos preguntamos por qué no funciona nuestra democracia y por qué no funciona nuestra Constitución. Muy simple: no la cumplimos”, concluyó.