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title: "El fin de semana 9 departamentos vuelven al confinamiento"
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date_published: "2021-06-04T18:40:00-03:00"
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  - "Restricciones"
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# El fin de semana 9 departamentos vuelven al confinamiento

![76446-covid-19-sabado-y-domingo-9-departamentos-regresan-a-confinamiento](https://www.salta.gob.ar/public/images/noticias/76446-covid-19-sabado-y-domingo-9-departamentos-regresan-a-confinamiento.jpg)

En Capital, Cachi, Cerrillos, Chicoana, La Caldera, La Candelaria, Metán, Rosario de Lerma y Rosario de la Frontera, fijados en zona roja, regirá el confinamiento estricto, según lo establecido por el DNU Nacional. Entre el 7 y 11 de junio se regresa a actividades habilitadas con protocolos y horarios.

De acuerdo a lo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional, los días 5 y 6, los 9 departamentos fijados en zona roja: Capital, Cachi, Cerrillos, Chicoana, La Caldera, La Candelaria, Metán, Rosario de Lerma y Rosario de la Frontera regresan a confinamiento.

Durante el fin de semana, las actividades suspendidas son:

**ACTIVIDADES ECONÓMICAS, INDUSTRIALES, COMERCIALES, DE SERVICIOS, CULTURALES, DEPORTIVAS, RELIGIOSAS, EDUCATIVAS, TURÍSTICAS, RECREATIVAS Y SOCIALES:** sin presencialidad, en todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo.

**PERMANENCIA EN DOMICILIOS:** las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios, hasta las 18 horas.

**SALIDAS DE ESPARCIMIENTO:** podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.

**ACTIVIDADES RECREATIVAS:**no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales. No se podrá circular fuera del límite del municipio del domicilio de residencia.

**PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN:** Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.

**GASTRONOMÍA:** sólo mediante delivery y take away.

**TRANSPORTE PÚBLICO:** quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades (1), los casos especiales, atención de salud y vacunación.

**PERMISOS:**Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19”. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.

En el caso de los mayores de 50 años, que concurran a vacunarse contra la COVID-19, deberán hacerlo al centro de salud más cercano a su domicilio, y deberán acreditar con su DNI la edad correspondiente para circular.

**Entre el 7 y 11 de junio**

A partir del 7 y hasta el 11 se cumplirá el último tramo del decreto donde se regresa a actividades habilitadas con protocolos y horarios, dispuestas por la Resolución N° 13/2021 del COE Provincial, las cuales se venían aplicando en los departamentos de mediano y bajo riesgo, unificándose, una vez más, toda la provincia.

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