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title: "El Senado le dio media sanción a la reforma de la Carta Municipal de Capital"
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description: "Los legisladores informaron que realizaron las tareas de compatibilización con las Constituciones Nacional y Provincial al igual que en las Cartas de otras comunas."
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date_published: "2026-10-29T19:02:00-03:00"
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author_name: "Iván Luis"
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category_description: "Noticias políticas"
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# El Senado le dio media sanción a la reforma de la Carta Municipal de Capital

![WhatsApp-Image-2022-05-05-at-2.08.00-PM-2](https://senadosalta.gob.ar/wp-content/uploads/2022/05/WhatsApp-Image-2022-05-05-at-2.08.00-PM-2.jpeg)

En sesión ordinaria, la Cámara de Senadores de la Provincia aprobó la reforma de la Carta Municipal de Capital destacando la tarea de armonización – con las Constituciones Nacional y Provincial - realizada por el cuerpo.

No obstante, cabe recordar que, pocos días atrás, integrantes de la Convención Municipal pertenecientes a La Libertad Avanza – que contaba con mayoría en dicho cuerpo – advirtieron que, en caso de que el texto de la reforma fuese modificado por la Legislatura, recurrirían a la Justicia entendiendo que ese proceso iba en contra de la autonomía municipal.

“Hemos tomado debida nota de las repercusiones públicas que tuvo el tratamiento de esta reforma y, particularmente, a los cuestionamientos realizados sobre la competencia de la Legislatura”, aseguró el representante de La Poma, el senador Dani Nolasco, al momento de informar sobre el proyecto.

En este sentido, consideró que es comprensible que quienes integraron la Convención Municipal reivindiquen su trabajo realizado y a legitimidad democrática que les confirió el voto popular, sin embargo, aseguró, no resulta admisible que se coloquen las decisiones de la Convención por encima de las Constituciones Nacional y Provincial, “y muchos menos que se quiera colocar a la obligación constitucional de la Legislatura como un enfrentamiento político”.

Advirtió el legislador que el trabajo realizado no es distinto al que se hizo en las restantes Cartas Municipales tratadas hasta el momento ya que, indicó, en todas fue necesario analizar, revisar y compatibilizar los textos, encontrando puntos que, aunque pudiesen resultar políticamente razonables, no se podían incorporar por no encontrase dentro de las facultades de la Convención.

“Nunca nos preguntamos a qué partido pertenecía la mayoría de la Convención, ni a la identidad política de un intendente, concejal o convencional, o que una elección municipal puede ampliar y restringir las facultades de esta legislatura. Las normas constitucionales no cambian según quien gane la elección. No se puede ser riguroso con algunos municipios y complaciente con otros”, apuntó, y recordó que el procedimiento de compatibilización es uno solo, sin excepcionalidad.

Asimismo, Nolasco señaló que, si bien la Constitución Provincial reconoce y establece la autonomía provincial, dicha autonomía no significa soberanía, así como tampoco que los órganos municipales puedan tener competencias que la Constitución no les ha conferido.

“La Legislatura debe intervenir para compatibilizar, no para imponer sus propias preferencias. La Legislatura no es una segunda Convención Municipal, pero tampoco puede renunciar a las atribuciones que la Constitución dispone”, aseguró el senador, y disparó: “No se puede convertir en un instrumento de confrontación partidaria”.

Así las cosas, Nolasco pasó a describir las principales observaciones realizadas a lo dispuesto por la Convención. En primer lugar, señaló, se había incluido el requisito de tener título secundario para poder ser concejal avanzando en un punto que no estaba contemplado en la ordenanza de llamado a reforma.

“Los derechos políticos no pueden ser restringidos por un órgano que carece de esas facultades. Se excluyó entonces este punto”, dijo.

Por otro lado, el senador por La Poma informó que también se quitaron las disposiciones respecto a la publicidad oficial, asegurando que ese punto tampoco estaba dentro del objeto de la reforma y que no se puede introducir una regulación fuera de este marco.

Advirtió también que la Convención había establecido modificaciones a la duración de mandatos de los integrantes del Tribunal de Cuentas afectando el régimen jurídico del órgano de control; en el caso del Tribunal de Faltas, describió, las modificaciones afectaban aspectos de su organización y funcionamiento.

Otras modificaciones realizadas por la Legislatura – continuó Nolasco – están las disposiciones respecto al Defensor del Pueblo, servicios públicos, derecho de los consumidores, simbología municipal y disposiciones transitorias.

“Algunos integrantes de la Convención han sostenido que la Legislatura debería aprobar la totalidad de las modificaciones realizadas, respetamos esa opinión política, no compartimos que se pueda presentar como una exigencia constitucional”, arremetió Nolasco, y resaltó que es equivocado presentar el cumplimiento de una obligación constitucional como una “agresión a la autonomía municipal”; “la legitimidad de una convención no se debilita cuando se somete al procedimiento constitucional de armonización”, apuntó.

Finalmente, el legislador indicó que una eventual revisión judicial de una decisión legislativa es parte del funcionamiento normal del sistema republicano y que, en definitiva, cada decisión debe explicarse sin recurrir a argumentos partidarios.

“La comisión no ha rechazado la reforma de la Carta, tampoco presentó un proyecto propio; ha aconsejado la aprobación de la mayoría de los puntos y solo se observaron aquellos que, por razones jurídicas, impedían su aprobación”, sentenció.

Cabe destacar que, en respuesta, el senador por Capital de La Libertad Avanza, Roque Cornejo, aseguró que la Legislatura no respetó la voluntad popular que le otorgó a esta fuerza política la mayoría de los integrantes de la Convención y que el trabajo de armonización realizado tiene claros tintes políticos.

El proyecto, aprobado, pasa a Diputados en revisión.

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