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title: "Penal juvenil: Salta prioriza desjudicializar a menores de 16 y perseguir a las redes criminales que los usan"
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description: "El Ministerio Público Fiscal de Salta estableció un protocolo de actuación para los casos en los que adolescentes de entre 14 y menos de 18 años sean acusados de cometer delitos, en el marco del nuevo Régimen Penal Juvenil previsto por la Ley Nacional N.º 27.801."
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tags:
  - "SALTA"
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category_description: "Noticias judiciales de la ciudad de Salta"
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# Penal juvenil: Salta prioriza desjudicializar a menores de 16 y perseguir a las redes criminales que los usan

![el-nuevo-regimen-penal-juvenil-establece-nuevas-penas-y-medidas-para-adolescentes-que-cometan-delito](https://tn.com.ar/resizer/v2/el-nuevo-regimen-penal-juvenil-establece-nuevas-penas-y-medidas-para-adolescentes-que-cometan-delitos-foto-imagen-generada-con-ia-gemini-PYGPPLZ4YFFKVFJ74ZLAV2AKTE.png?auth=f9d868044c3b2f422ceedfca17f7a0cf03009ba44becb7171235c00773d27430&width=1440)

El esquema fue aprobado por el procurador general **Pedro García Castiella**, mediante la**Resolución N.º 1767,** y establece criterios comunes para fiscales, auxiliares fiscales y funcionarios del Ministerio Público Fiscal en todos los distritos judiciales de la provincia.

Uno de sus principales ejes es el tratamiento diferenciado de los adolescentes según su edad. Para quienes tienen entre 14 y menos de 16 años, el protocolo establece un criterio especialmente restrictivo de intervención penal y dispone priorizar la desjudicialización, los criterios de oportunidad y las soluciones alternativas, siempre que se encuentren reunidos los requisitos legales.

La incorporación de adolescentes desde los 14 años al régimen de responsabilidad penal, señala el protocolo, no implica una respuesta automática equivalente a la de un adulto. La actuación fiscal deberá regirse por los principios de especialidad, interés superior del niño, mínima intervención, proporcionalidad, celeridad, desjudicialización y excepcionalidad de la privación de libertad.

## Tres niveles de intervención

El protocolo contempla tres niveles orientativos: baja intensidad, intensidad intermedia e intervención prioritaria. Para hechos de menor gravedad, los fiscales deberán evaluar desde el comienzo alternativas que permitan resolver el conflicto sin una judicialización innecesaria, incluidos mecanismos restaurativos.

En los casos de mayor gravedad podrá disponerse una intervención prioritaria, con una actuación fiscal especialmente diligente. Para determinar la respuesta no se tendrá en cuenta únicamente el delito atribuido: también deberán evaluarse la edad, el grado de desarrollo del adolescente, la modalidad de participación, la violencia utilizada, el daño producido, la situación de la víctima y la eventual intervención de otras personas.

## Investigar a quienes utilizan a los adolescentes

Uno de los aspectos centrales del protocolo es la instrucción de profundizar las investigaciones cuando existan indicios de que un adolescente fue captado, instigado, influenciado, utilizado o dirigido por terceros, particularmente cuando aparezca vinculado con organizaciones criminales o estructuras de narcocriminalidad.

En esos casos, la investigación no deberá limitarse al adolescente que aparece ejecutando la conducta. Los fiscales deberán procurar establecer quiénes lo captaron, quiénes lo dirigieron y si existen adultos que se aprovechan de su edad para incorporarlo a una estructura delictiva.

Si se acredita una participación relevante dentro de una organización criminal, el caso podrá ser considerado de intervención prioritaria, aunque la respuesta deberá contemplar siempre el rol concreto desempeñado por el adolescente.

## La privación de libertad será excepcional

El protocolo también establece que la privación de libertad durante el proceso será excepcional. Para solicitarla, el fiscal deberá fundamentar su necesidad, idoneidad y proporcionalidad, además de acreditar los riesgos procesales que busca evitar y analizar previamente la posibilidad de aplicar medidas menos restrictivas.

La gravedad del delito o la escala penal prevista no serán suficientes por sí solas para justificar el encarcelamiento. Las medidas deberán ser revisadas durante el proceso y sustituidas o cesadas si desaparecen las circunstancias que las motivaron. El esquema también contempla los derechos y la protección de las víctimas, evitando la revictimización y ponderando su situación junto con las circunstancias particulares del adolescente.

Con la nueva Guía Operativa, la Procuración General busca establecer criterios uniformes para la aplicación del Régimen Penal Juvenil en Salta, desde el ingreso de una causa hasta las decisiones sobre la persecución penal, las medidas restrictivas de libertad y las eventuales pretensiones punitivas.

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