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title: "Salta exigirá registro y capacitación para aplicar agroquímicos con drones"
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description: "La Provincia estableció nuevas exigencias para productores y empresas que utilicen estas aeronaves en el campo. Pilotos, equipos y asesores deberán estar registrados y cumplir requisitos específicos."
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date_published: "2026-08-18T07:08:00-03:00"
date_modified: "2026-08-18T07:08:35-03:00"
tags:
  - "DRONES"
author_name: "Ivana Chañi"
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category_name: "Salta"
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category_description: "Noticias de Salta"
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# Salta exigirá registro y capacitación para aplicar agroquímicos con drones

![20240829205407_pag-drone-fumigador-ppal](https://semanariodejunin.com.ar/uploads/noticias/5/2024/08/20240829205407_pag-drone-fumigador-ppal.jpg)

La Provincia de Salta estableció **reglas específicas para la aplicación de agroquímicos mediante drones**, una tecnología que gana espacio en las tareas agrícolas. Desde ahora, quienes utilicen estas aeronaves deberán cumplir requisitos de inscripción, capacitación, documentación y seguridad para operar.

La medida fue establecida por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable ante la necesidad de regular una práctica que hasta ahora requería normas complementarias específicas. El objetivo declarado es reducir riesgos para **la salud humana, animal y vegetal y para el ambiente**, además de asegurar un uso adecuado de la tecnología en la producción agropecuaria.

## Pilotos, empresas y drones deberán estar registrados

La nueva normativa crea formalmente en Salta la categoría de **“Aplicador Aéreo No Tripulado”** y establece una inscripción anual obligatoria. La exigencia alcanza a las personas o empresas que realicen las aplicaciones, pero también a **los pilotos, los asesores técnicos y los propios equipos utilizados**.

Para inscribirse será necesario constituir domicilio en la provincia y presentar documentación de la aeronave. Entre las exigencias aparece el **certificado de inscripción del dron emitido por el Registro Nacional de Aeronaves**, además de la licencia correspondiente para el piloto.

También será obligatorio contar con un **seguro de responsabilidad civil** para la aeronave. Esto significa que el uso de un dron para aplicar productos en el campo deja de ser simplemente una cuestión tecnológica: el equipo y quienes intervienen en la operación deberán cumplir condiciones formales para trabajar.

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## Capacitación obligatoria y carnet por dos años

Otro de los cambios centrales es la capacitación. Tanto el **piloto como el personal de apoyo y el asesor técnico** deberán realizar un curso de Buenas Prácticas Agrícolas específico para operaciones con drones.

La capacitación permitirá obtener el **Carné Provincial de Aplicador de Fitosanitarios**, tendrá una vigencia de dos años y deberá renovarse antes de su vencimiento. Los cursos estarán a cargo de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable o de instituciones que tengan convenios para dictarlos.

## No cualquier agroquímico podrá cargarse en un dron

La Provincia también puso un límite sobre los productos que podrán utilizarse. Los drones **sólo podrán aplicar fitosanitarios registrados y habilitados expresamente por el SENASA para este tipo de aplicación**.

La regulación comprende lo que habitualmente se denomina agroquímicos, aunque técnicamente habla de productos fitosanitarios. Dentro de esa categoría aparecen, entre otros, **insecticidas, fungicidas, herbicidas, acaricidas, coadyuvantes y otros productos utilizados para controlar plagas, malezas o enfermedades de los cultivos**.

Además, para las aplicaciones deberán utilizarse las **Recomendaciones Técnicas de Uso** previstas por la legislación provincial. En términos sencillos, la aplicación no queda librada solamente a la decisión de quien maneja el dron: deberá respetarse la indicación técnica exigida para el uso del producto.

## Los drones deberán circular vacíos y limpios por zonas pobladas

La norma incorpora una precaución concreta para el traslado de estos equipos. Cuando los drones sean transportados en vehículos **a través de zonas pobladas deberán estar descargados y completamente limpios de productos químicos o biológicos de uso agropecuario**.

Además, la legislación que sirve de base a la nueva regulación ya establece que las aeronaves utilizadas para aplicaciones aéreas **no pueden sobrevolar centros poblados, incluso después de haber agotado su carga**.

La Secretaría de Ambiente tendrá facultades para controlar las operaciones y podrá exigir en cualquier momento la documentación del equipo y del operador, las autorizaciones aeronáuticas, el carnet correspondiente y las recomendaciones técnicas utilizadas para realizar la aplicación.

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