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title: "El Gobierno confirmó el bono para jubilados: quiénes cobrarán hasta $70.000 en agosto"
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description: "El beneficio fue confirmado mediante el Decreto 686/2026. Alcanzará a jubilados, pensionados, titulares de la PUAM y beneficiarios de pensiones no contributivas."
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date_published: "2026-07-30T07:10:00-03:00"
date_modified: "2026-07-30T07:15:04-03:00"
author_name: "Ivana Chañi"
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category_name: "Argentina"
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category_description: "Noticias argentinas"
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# El Gobierno confirmó el bono para jubilados: quiénes cobrarán hasta $70.000 en agosto

![20180123-los-jubilados-siguen-perdiendo-poder-adquisitivo-00](/download/multimedia.normal.96e20f77ff25ec79.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

El Gobierno nacional confirmó el pago de un **bono extraordinario previsional de hasta $70.000** durante agosto de 2026.

La medida fue oficializada mediante el **Decreto 686/2026** y alcanzará a jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social, además de titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y beneficiarios de pensiones no contributivas.

El monto completo será percibido por quienes, al sumar todos sus beneficios vigentes, cobren un importe menor o igual al **haber mínimo previsional garantizado**.

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## **Quiénes cobrarán menos de $70.000**

Los jubilados y pensionados cuyos ingresos superen el haber mínimo recibirán un bono proporcional.

En esos casos, ANSES pagará la suma necesaria para que el beneficiario alcance el equivalente al haber mínimo más los **$70.000** establecidos como tope.

Esto significa que no todos los jubilados recibirán el mismo monto. El beneficio disminuye a medida que el ingreso previsional supera la mínima.

## **Qué beneficiarios están incluidos**

El bono será liquidado a:

- Jubilados y pensionados del sistema contributivo de ANSES.
- Titulares de la **Pensión Universal para el Adulto Mayor**.
- Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez o invalidez.
- Madres de siete hijos o más.
- Titulares de pensiones graciables pagadas por ANSES.

Los beneficios deberán encontrarse vigentes durante el mes en el que se realice la liquidación.

En el caso de las pensiones compartidas, todos los copartícipes serán considerados como un único titular para determinar el derecho al bono.

## **Sin descuentos**

El adicional tendrá carácter **no remunerativo**, no podrá ser objeto de descuentos y tampoco será computado para otros conceptos.

ANSES quedó facultada para emitir las normas complementarias, administrar el pago y recuperar eventuales percepciones indebidas.

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