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title: "Evasión tributaria: cuánto habrá que pagar para extinguir una causa penal"
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description: "Los contribuyentes deberán cancelar la deuda, los intereses y un adicional del 50% para acceder al beneficio penal. ARCA reglamentó el procedimiento este martes."
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date_published: "2026-07-28T07:05:00-03:00"
date_modified: "2026-07-28T07:05:50-03:00"
author_name: "Ivana Chañi"
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category_name: "Argentina"
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category_description: "Noticias argentinas"
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# Evasión tributaria: cuánto habrá que pagar para extinguir una causa penal

![1766603877058](https://cdn.eldestapeweb.com/eldestape/122025/1766603877058.jpg?&cw=1200&ch=675)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamentó el procedimiento que deberán seguir los contribuyentes para solicitar la extinción de determinadas causas penales tributarias.

El mecanismo fue establecido mediante la **Resolución General 5882/2026**, publicada este martes 28 de julio en el Boletín Oficial.

La norma exige aceptar y cancelar de forma total e incondicional la obligación evadida, los intereses correspondientes y un importe adicional equivalente al 50% de ambos conceptos.

La medida aplica el cambio incorporado por la denominada Ley de Inocencia Fiscal al Régimen Penal Tributario. No constituye una moratoria general ni habilita el cierre automático de cualquier investigación por evasión.

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## Cuánto deberá pagar el contribuyente

Para acceder al beneficio, el contribuyente deberá cancelar:

- La totalidad de la deuda tributaria cuestionada.
- Los intereses acumulados.
- Un importe adicional equivalente al 50% de la deuda y los intereses.

El pago deberá realizarse en forma conjunta y quedar correctamente identificado en los sistemas de ARCA.

Por ejemplo, ante una obligación evadida de $10 millones y $2 millones de intereses, el adicional sería de $6 millones. El monto total alcanzaría los $18 millones.

## No se elimina automáticamente la causa

El pago constituye una de las condiciones para que pueda extinguirse la acción penal, pero el beneficio solo procede en los supuestos previstos por la legislación tributaria.

La Resolución General 5882/2026 establece el circuito administrativo para ingresar y acreditar el adicional. Después, ARCA deberá verificar que se haya cumplido la totalidad de las condiciones legales.

La norma tampoco permite que el contribuyente desconozca la deuda. Para obtener el beneficio debe aceptarla y cancelarla sin condiciones.

## Qué cambió

La modificación legal estableció que la extinción de la acción penal requiere un pago adicional del 50%, calculado sobre el capital adeudado y sus intereses.

ARCA debía determinar cómo registrar ese monto, cómo imputarlo y qué procedimiento seguir para acreditar su cancelación ante las autoridades intervinientes.

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