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title: "Prohibiciones y sanciones: cómo rige la veda electoral en Salta"
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description: "El Código Electoral establece que no se pueden realizar actos proselitistas, portar insignias partidarias ni difundir resultados antes de las 21 del domingo. Las infracciones pueden derivar en multas."
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date_published: "2025-10-26T08:30:00-03:00"
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  - "Código Electoral Nacional"
  - "Elecciones 2025 Salta"
  - "Elecciones 26 de octubre"
  - "qué no se puede hacer el día de la elección"
  - "qué se puede hacer durante la veda electoral"
  - "Veda electoral"
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category_description: "Noticias de Salta"
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# Prohibiciones y sanciones: cómo rige la veda electoral en Salta

![936455-elecciones-20argentina-202023-20-2816-29](https://images.pagina12.com.ar/styles/focal_content_1200x1050/public/2025-05/936455-elecciones-20argentina-202023-20-2816-29.jpg?h=ada05aa9&itok=YOtb2pZW)

De cara a las elecciones de este 26 de octubre, cabe recordar las disposiciones del Código Electoral Nacional (Ley 19.945) que fijan una serie de prohibiciones antes y durante la jornada electoral, con el objetivo de garantizar la transparencia del proceso y la tranquilidad pública.

Según el artículo 71 del Código, desde 48 horas antes de la apertura de los comicios y hasta su cierre estará prohibido realizar actos públicos de proselitismo, publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales.

Durante el día de la elección, los electores no podrán portar armas, usar banderas, divisas u otros distintivos partidarios, y también estará vedado tomar fotografías de la Boleta Única dentro del cuarto oscuro.

Además, se prohíben los espectáculos populares, fiestas, reuniones públicas no relacionadas con el acto electoral y la venta de bebidas alcohólicas, que deberán cesar hasta tres horas después del cierre del comicio.

Actualizaron la multa por no ir a votar: Se puede pagar hasta $5.000

Otra disposición establece que los locales partidarios no podrán abrirse dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, y que tampoco se podrán instalar mesas en cercanías de las sedes partidarias.

Por último, el artículo 71, inciso h, prohíbe publicar o difundir proyecciones y encuestas sobre los resultados de la elección durante el desarrollo de los comicios y hasta tres horas después de su cierre, es decir, hasta las 21:00 del domingo.

El incumplimiento de estas normas puede derivar en multas o sanciones tanto para personas físicas como jurídicas, según lo dispuesto en los artículos 128 bis y 128 ter del mismo Código.

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