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title: "Ocultaron que el auto estuvo inundado: condenan a concesionaria y fabricante"
article_type: "Article"
description: "El hecho ocurrió en Entre Ríos: un comprador recibió un 0 km que había sufrido una inundación en depósito. El tribunal ordenó daño moral y punitivo."
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date_published: "2025-09-22T10:35:00-03:00"
date_modified: "2025-09-22T10:37:52-03:00"
tags:
  - "Auto"
  - "Dr. Napoleón Gambetta"
  - "Fallo"
  - "Inundado"
author_name: "Ivana Chañi"
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category_name: "Judiciales"
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category_description: "Noticias judiciales de la ciudad de Salta"
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# Ocultaron que el auto estuvo inundado: condenan a concesionaria y fabricante

![el-tsj-ha-emitido-la-primera-sentencia-en-cuyo-fallo-se-indica-que-los-profesionales-que-velan-por-l](https://www.consalud.es/uploads/s1/10/25/14/8/el-tsj-ha-emitido-la-primera-sentencia-en-cuyo-fallo-se-indica-que-los-profesionales-que-velan-por-la-salud-de-los-pacientes-son-los-medicos-foto-de-freepik.jpeg)

Durante su columna en Aries, el abogado Napoleón Gambetta explicó un fallo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (2020) en el que un cliente compró un vehículo 0 km y, a los pocos días, detectó pérdida de potencia y fallas eléctricas. Una pericia reveló que la unidad había estado inundada en depósito antes de la entrega.

El comprador reclamó por la Ley de Defensa del Consumidor: aceptó un vehículo equivalente (de otro color) pero demandó daño moral y punitivo por el ocultamiento de información y la mala fe en el cumplimiento del contrato.

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La sentencia condenó a la concesionaria y al fabricante, al considerar vulnerado el derecho a información veraz y suficiente y probado el perjuicio (meses sin unidad y trastornos derivados).

Gambetta subrayó que, en relaciones de consumo, ante el incumplimiento el cliente puede: exigir la obligación, aceptar una prestación equivalente o resolver el contrato, sin excluir el reclamo por daños y perjuicios.

“Si la empresa sabía del siniestro y no lo informó, hay dolo. En estos casos los daños punitivos buscan marcar un límite”, apuntó.

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