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title: "Uber: Durand firmó la reglamentación de las Apps de viajes"
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description: "La Municipalidad de Salta reglamentó el uso de plataformas digitales de transporte, con exigencias para empresas, conductores y vehículos."
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date_published: "2025-05-22T05:32:00-03:00"
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tags:
  - "Apps de transporte"
  - "Reglamentación"
  - "Salta"
author_name: "Ivana Chañi"
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category_name: "Salta"
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category_description: "Noticias de Salta"
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# Uber: Durand firmó la reglamentación de las Apps de viajes

![UBER](https://salta4400.com/wp-content/uploads/2021/01/UBER.jpg)

**La Municipalidad de Salta publicó este miércoles en su Boletín Oficial el Decreto Nº 0262, firmado por el intendente Emiliano Durand, que aprueba la reglamentación de la Ordenanza Nº 16.377,**la cual **regula el Servicio de Movilidad para Usuarios de Plataformas Digitales de Transporte (SeMUPDiT).** La medida formaliza el marco normativo para el funcionamiento de apps como Uber o Cabify en la ciudad, estableciendo requisitos, controles y obligaciones tanto para las empresas como para los conductores.

Según el decreto,**el servicio reviste carácter privado de interés público, lo que habilita al Estado a fijar condiciones y ejercer poder de policía sobre su operación**. La normativa apunta a garantizar seguridad, eficiencia y equidad con el resto del sistema de transporte impropio, como taxis y remises.

Entre los aspectos más relevantes, s**e establece que las plataformas deberán habilitarse ante la Municipalidad, presentar documentación legal, protocolos de seguridad integrados al 911, planes de reclamos y sistemas de evaluación y verificación de identidad. También deberán impulsar prácticas de sustentabilidad y capacitaciones con enfoque en género y no discriminación.**

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Los**conductores** que deseen prestar servicio deberán contar con licencia profesional, experiencia mínima, certificado de antecedentes penales, título del vehículo, seguro obligatorio y libre deuda. Además, deberán operar exclusivamente a través de cuentas propias en plataformas habilitadas, bajo pena de suspensión o inhabilitación.

En cuanto a los**vehículos**, se exige una antigüedad máxima de 15 años (10 para motos), revisión técnica vigente y un código QR identificatorio, verificable por usuarios e inspectores. Las motos deberán contar con dos cascos homologados, uno para el conductor y otro para el pasajero.

La autoridad de a**plicación realizará inspecciones periódicas, aleatorias y programadas,** incluyendo revisión de dispositivos móviles para detectar usos indebidos de cuentas. El control abarcará tanto a los conductores como a las plataformas y vehículos.

El decreto establece sanciones para quienes incumplan las disposiciones, que van desde la suspensión de la habilitación por diez días hasta la revocación definitiva del permiso, en casos de reincidencia o gravedad.

La reglamentación ya está vigente y será implementada por las secretarías de Tránsito y Seguridad Vial, Legal y Técnica y Jefatura de Gabinete. El texto completo del decreto, junto con su anexo normativo, puede consultarse en el Boletín Oficial Municipal.

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