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title: "Obras sociales: ANSES establece límites a descuentos y presenta sistema de autorización"
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description: "A través del Boletín Oficial, ANSES aclaró cómo se deberán hacer los descuentos de \"terceras entidades\" y cómo los beneficiarios deberán hacer el trámite para autorizarlo."
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date_published: "2024-10-17T10:02:00-03:00"
date_modified: "2024-10-17T10:07:20-03:00"
tags:
  - "ANSES"
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category_description: "Noticias argentinas"
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# Obras sociales: ANSES establece límites a descuentos y presenta sistema de autorización

![3TFEY3F6LZEV5F3UIMFAYFVE6M](https://www.bloomberglinea.com/resizer/v2/3TFEY3F6LZEV5F3UIMFAYFVE6M.jpeg?auth=3d82b4b05559f6b3e322d2c84873b38f473a6282c2f0cb9f47bfb35a5696b506&width=800&height=600&quality=80&smart=true)

En línea con el fin de la triangulación entre prepagas y obras sociales, **la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) avanza con la autorización digital que deberán hacer los beneficiario**s para que les sea descontados importes "extra" de sus haberes que vayan para las obras sociales y también para empresas de seguros.

La medida fue anunciada a través de la Resolución 970/2024 publicada este jueves en el Boletín Oficial y aclara que **el beneficiario deberá dar un consentimiento de modo virtual o presencial** para que se efectúen los descuentos o mismo para darlos de baja.

"En igual sentido, en caso de vencimiento o pre cancelación de créditos, los tomadores beneficiarios podrán optar por mantener o dar de baja el descuento de cuota social o afiliación con la respectiva Entidad", explicaron.

**Tope para los descuentos de afiliaciones sindicales**

Al mismo establece **límites al proceso de aumento sobre los descuentos a las cuotas de afiliación** social-sindical o servicios especiales no crediticios que ingresan las Terceras Entidades a través del sistema de descuentos no obligatorios.

En ese marco, la **ANSES tutelará la incidencia de los descuentos** en los haberes y establece un doble tope para los aumentos afiliación/social/sindical, conformado por una actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y por un porcentaje fijo del haber mínimo.

A su vez aclara que, "todas aquellas Entidades que soliciten códigos de descuento para otorgar créditos y otros servicios especiales deberán acreditar, como condición previa al inicio de sus operaciones en el sistema a que refiere el presente acto administrativo, que cuentan con respectivos seguros de responsabilidad civil y de caución, toda vez que es imprescindible promover el ingreso de Entidades que ofrezcan la suficiente solvencia financiera y patrimonial, a fin de dotar a la operatoria crediticia de la seguridad jurídica y económica que permita garantizar la operatoria".

*Con información de Ámbito*

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