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title: "ANMAT prohibió una marca de aceite de oliva por ser peligrosa para la salud"
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description: "La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica tomó la medida luego de una exhaustiva investigación."
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tags:
  - "Anmat"
  - "Prohibición"
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category_description: "Noticias de salud en salta y el país"
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# ANMAT prohibió una marca de aceite de oliva por ser peligrosa para la salud

![la-anmat-prohibio-una-marca-de-aceite-de-2AUGEYRPMNBCRHZPUJN4D4QSHE?auth=02f46dab3b81d09faf40b7c2dda](https://resizer.glanacion.com/resizer/v2/la-anmat-prohibio-una-marca-de-aceite-de-2AUGEYRPMNBCRHZPUJN4D4QSHE?auth=02f46dab3b81d09faf40b7c2ddaa41098b292b527b4521e9e395922049115b0a&width=880&height=586&quality=70&smart=false)

**Mediante la Disposición 7834/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial de la Nación, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó la prohibición de una marca de aceite de oliva**.

El organismo oficial comunicó que**se investigó a una marca de aceite de oliva por una denuncia y luego de la investigación se comprobó que era ilegal**.

## ANMAT: cuál es la marca del aceite de oliva prohibido

En el Boletín Oficial se informa que las investigaciones se iniciaron a raíz de una consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la comercialización del producto: “Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey, Cont. Neto 2 L, Consumir preferentemente antes de marzo 2025, Lote N°: 0002, RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950, Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.”, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

Al finalizar la investigación la ANMAT Dispuso: "Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea el producto: Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey, RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950 Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A".

La ANMAT explica que esto es **"por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal"**.

Y en el artículo segundo agrega: "Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 02-270637 y RNPA: Expte: N° 02.645950, por ser productos falsamente rotulados que utilizan números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales".

Con información de Noticias Argentinas

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