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title: "La AFIP reglamentó beneficios para empresas que firmaron acuerdos de precios"
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description: "El organismo estableció una serie de requisitos que deberán cumplir las compañías."
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tags:
  - "AFIP"
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category_description: "Noticias de economía"
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# La AFIP reglamentó beneficios para empresas que firmaron acuerdos de precios

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**La AFIP reglamentó los beneficios fiscales que tendrán las empresas que suscribieron acuerdos de precios con el Ministerio de Economía, para que puedan acceder a ellos**.

A través de la Resolución General 5414/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el ente recaudador estableció que las empresas deberán acceder con Clave Fiscal al servicio "Sistema Registral", menú "Registros Especiales", opción "Características y Registros Especiales" y solicitar la caracterización denominada "588-Gestión de Beneficios-Acuerdo de Precios", a fin de autorizar a este organismo a la remisión de la información necesaria para la suscripción del acuerdo.

Por su parte, **la Secretaría de Comercio remitirá a la AFIP la nómina de los sujetos alcanzados por los beneficios**, "para su correcta identificación y registración", según el texto oficial.

El Gobierno prorrogó los vencimientos de las categorías más bajas del monotributo hasta febrero de 2024

**Entre otras cuestiones**, la Resolución General dispone la suspensión, hasta el 31 de octubre próximo, la suspensión del pago del impuesto PAIS para las operaciones de importación.

También, se reduce a 0% la alícuota del derecho de exportación para determinadas mercaderías y se establece un régimen especial de facilidades de pago. Ese plan reunirá las siguientes condiciones, de acuerdo con lo dispuesto: tendrá seis cuotas mensuales, las que se ingresarán a partir de marzo de 2024; la tasa de interés de financiación mensual será del 5,91% y la fecha de consolidación será la del registro de la solicitud de destinación de exportación para consumo.

**Las cuotas vencerán el primer día hábil de marzo a agosto de 2024 y se cancelarán a través de la transferencia electrónica de fondos mediante la generación del correspondiente Volante Electrónico de Pago (VEP)**.

Por otra parte, los contribuyentes que posean la caracterización 593 y/o 594 en el "Sistema Registral" gozarán de la prórroga de los vencimientos de las obligaciones de pago del IVA y/o de las contribuciones de la seguridad social que comprenden al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJYP), al Fondo Nacional de Empleo (FNE), al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares (RNAF) respecto de los períodos fiscales devengados agosto, septiembre y octubre de 2023.

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